Un colectivo plural de más de 60 juristas de Galicia alertó hoy de que el borrador de decreto del gallego en la enseñanza presenta indicios claros de ilegalidad, por lo que podría ser declarado nulo. Al mismo tiempo, critican que el texto supone una regresión y un paso atrás en cuanto a la promoción de la lengua propia.
En rueda de prensa, presentaron los argumentos jurídicos según los cuales las bases del nuevo texto podrían ser recurridas, aunque descartaron iniciar ellos mismos el proceso. En cambio, confiaron en que el Gobierno autonómico sea receptivo a los planteamientos y que estos sirvan para evitar el decreto de las ilegalidades.
En todo caso, explicaron que los recursos contra este documento deben dirigirse al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), aunque también se puede solicitar un recurso de amparo para acudir al Tribunal Constitucional (TC), cuya jurisprudencia, expresada a través de sus sentencias, contradice varios puntos del decreto.
Los puntos que estos juristas ponen en cuestión del borrador son la elección lingüística, la regulación de materias en base a porcentajes y la equiparación de las lenguas oficiales a una extranjera; al tiempo que señalan que la libertad de opción idiomática no se puede aplicar a profesores ni estudiantes y advierten de que este texto contraviene la Carta Europea de Lenguas Regionales y Minoritarias.
PUNTOS MAS CONTROVERTIDOS
La profesora titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Santiago de Compostela (USC), Alba Nogueira, detalló pormenorizadamente los puntos más comprometidos del documento presentado por la Xunta el pasado día 30 de diciembre.
En primer lugar, aludió a que la votación por parte de los padres de la lengua en la que deben ser educados sus hijos vulnera la configuración del derecho a la educación recogido en la Constitución española, puesto que sólo atiende a cuestiones morales o religiosas. En el resto, corresponde a los poderes públicos configurar los elementos curriculares, por lo que no pueden dejarlo en manos de los padres. No existe el derecho a la ignorancia, ejemplificó, para evidenciar que los tutores de los alumnos no pueden elegir qué materias deben o no estudiar, puesto que esta elección parte de argumentos técnicos.
Como refuerzo, en un documento que enviarán a los responsables de la Administración educativa gallega, el colectivo de juristas recopiló sentencias del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos y del TC que sirvieron de base al TSXG para negar, en 2007, el derecho de elección de los padres de la lengua en la que se imparte la docencia.
En lo relativo a los porcentajes, explicó que no es una cuestión de horarios ni de equilibrio, sino de objetivos, basados en lograr la plena competencia de los alumnos en las dos lenguas. A este respecto, apuntó que Cataluña y País Vasco utilizan criterios de desequilibrio horario que favorecen a las lenguas autóctonas con el fin de corregir desigualdades históricas, según lo expresado por el TC.
Además, Alba Nogueira advirtió de que el reparto de las horas lectivas en tres tercios entre gallego, castellano e inglés puede derivar en una invasión de competencias estatales, puesto que la Ley Orgánica de Educación (LOE) establece que las comunidades con una lengua oficial distinta del castellano pueden disponer de, como máximo, un 55 por ciento para regular los contenidos. En este punto, la suma de los porcentajes de inglés y gallego, un 66 por ciento, excede la cuota marcada por la normativa estatal.
También la equiparación de una lengua extranjera con las dos cooficiales en Galicia, según señaló, invade competencias estatales, ya que añadiría a la necesidad de evaluar los contenidos de las asignaturas impartidas en tal idioma, el dominio de la citada lengua.
Además, el TC exige garantizar a los alumnos el derecho de recibir la educación en una lengua que puedan comprender para no desvirtuar los objetivos del sistema educativo.
A mayores, esta equiparación, tal y como apuntó, contraviene los principios de ordenación marcados por el Plan Xeral de Normalización Lingüística (PXNL). Al margen de lo anterior, destacó que la ley obliga a los profesores que imparten docencia en inglés a obtener el nivel B2, o lo que es lo mismo, a cursar seis años en las saturadas escuelas oficiales de idiomas.
LIBERTAD DE ELECCION
En otro punto, la profesora de Derecho Administrativo de la USC recordó que el Estatuto de Autonomía de Galicia y la Ley de Normalización Lingüística (LNL) --de rango superior al decreto- establecen el gallego como lengua de uso general en la Administración de Galicia. Por ello, consideró sorprendente que el nuevo decreto faculte a los docentes para imponer sus preferencias individuales sobre las programaciones educativas, ya que la libertad lingüística excluye a los funcionarios en el ejercicio de sus competencias.
Finalmente, alertó de una vulneración de la Carta Europea de Lenguas Minoritarias que podría darse en Educación Infantil, ya que se imparten la docencia según la lengua materna de la mayoría de los alumnos. También apuntó que el cumplimiento de la normativa europea está sujeta a una evaluación trianual y que Galicia logró por primera vez un informe suave después de la aprobación del decreto 124/2007 para el gallego en la enseñanza.
CONFUSION DE CONCEPTOS
A mayores, el titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Unico de A Fonsagrada (Lugo), Luís Villares, evidenció que, desde el punto de vista jurídico-constitucional, existe en el borrador de decreto una confusión de los conceptos de igualdad y libertad como medio y como fin.
No se puede tratar igual a algo que es desigual. La igualdad formal crea desigualdad real, razonó, arguyendo la necesidad de emplear criterios de discriminación positiva en relación con las lenguas que se encuentran en posiciones menos ventajosas. En este punto, señaló que el deber del sistema educativo es que los estudiantes conozcan las dos lenguas cooficiales, que parten de una situación desigual.
Lo mismo ocurre con el concepto de libertad. Si una persona no conoce los dos idiomas, no tiene garantizada su libertad final para escoger en cuál prefiere hablar, por lo que la enseñanza --reflexionó el magistrado-debe preparar para aprender y, así, poder escoger.
COLECTIVO DE JURISTAS
Según detalló el abogado santiagués Hector López de Castro, el colectivo de juristas firmantes del documento que entregarán en la Consellería de Educación se compone de más de 60 personas, representantes de los distintos sectores de la comunidad jurídica: fiscales, jueces, abogados, catedráticos...
No buscamos ser un número elevado, sino tener representación en todos los ámbitos y territorios, subrayó, al tiempo que puntualizó que los magistrados de lo Contencioso y lo Social fueron excluidos por si, posteriormente, tuvieran que actuar sobre el texto.
Asimismo, el documento que elaboraron es de carácter jurídico y responde a la gravedad del texto redactado por el departamento que dirige Jesús Vázquez Abad. No representamos a ningún colectivo, sino que queremos poner de manifiesto debilidades del borrador, al igual que hizo la Real Academia Galega, concluyó el letrado.
Entre los firmantes, se encuentran varios ex altos cargos de la Xunta con el bipartito, tales como el ex secretario xeral de la Consellería de Cultura Carlos Amoedo, el ex secretario xeral de Presidencia Gumersindo Guinarte, el ex secretario xeral de la Consellería de Presidencia Santiago Roura y el ex secretario xeral de Relacións Institucionais Xoán Antón Pérez-Lema.
En todo caso, explicaron que los recursos contra este documento deben dirigirse al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), aunque también se puede solicitar un recurso de amparo para acudir al Tribunal Constitucional (TC), cuya jurisprudencia, expresada a través de sus sentencias, contradice varios puntos del decreto.
Los puntos que estos juristas ponen en cuestión del borrador son la elección lingüística, la regulación de materias en base a porcentajes y la equiparación de las lenguas oficiales a una extranjera; al tiempo que señalan que la libertad de opción idiomática no se puede aplicar a profesores ni estudiantes y advierten de que este texto contraviene la Carta Europea de Lenguas Regionales y Minoritarias.
PUNTOS MAS CONTROVERTIDOS
La profesora titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Santiago de Compostela (USC), Alba Nogueira, detalló pormenorizadamente los puntos más comprometidos del documento presentado por la Xunta el pasado día 30 de diciembre.
En primer lugar, aludió a que la votación por parte de los padres de la lengua en la que deben ser educados sus hijos vulnera la configuración del derecho a la educación recogido en la Constitución española, puesto que sólo atiende a cuestiones morales o religiosas. En el resto, corresponde a los poderes públicos configurar los elementos curriculares, por lo que no pueden dejarlo en manos de los padres. No existe el derecho a la ignorancia, ejemplificó, para evidenciar que los tutores de los alumnos no pueden elegir qué materias deben o no estudiar, puesto que esta elección parte de argumentos técnicos.
Como refuerzo, en un documento que enviarán a los responsables de la Administración educativa gallega, el colectivo de juristas recopiló sentencias del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos y del TC que sirvieron de base al TSXG para negar, en 2007, el derecho de elección de los padres de la lengua en la que se imparte la docencia.
En lo relativo a los porcentajes, explicó que no es una cuestión de horarios ni de equilibrio, sino de objetivos, basados en lograr la plena competencia de los alumnos en las dos lenguas. A este respecto, apuntó que Cataluña y País Vasco utilizan criterios de desequilibrio horario que favorecen a las lenguas autóctonas con el fin de corregir desigualdades históricas, según lo expresado por el TC.
Además, Alba Nogueira advirtió de que el reparto de las horas lectivas en tres tercios entre gallego, castellano e inglés puede derivar en una invasión de competencias estatales, puesto que la Ley Orgánica de Educación (LOE) establece que las comunidades con una lengua oficial distinta del castellano pueden disponer de, como máximo, un 55 por ciento para regular los contenidos. En este punto, la suma de los porcentajes de inglés y gallego, un 66 por ciento, excede la cuota marcada por la normativa estatal.
También la equiparación de una lengua extranjera con las dos cooficiales en Galicia, según señaló, invade competencias estatales, ya que añadiría a la necesidad de evaluar los contenidos de las asignaturas impartidas en tal idioma, el dominio de la citada lengua.
Además, el TC exige garantizar a los alumnos el derecho de recibir la educación en una lengua que puedan comprender para no desvirtuar los objetivos del sistema educativo.
A mayores, esta equiparación, tal y como apuntó, contraviene los principios de ordenación marcados por el Plan Xeral de Normalización Lingüística (PXNL). Al margen de lo anterior, destacó que la ley obliga a los profesores que imparten docencia en inglés a obtener el nivel B2, o lo que es lo mismo, a cursar seis años en las saturadas escuelas oficiales de idiomas.
LIBERTAD DE ELECCION
En otro punto, la profesora de Derecho Administrativo de la USC recordó que el Estatuto de Autonomía de Galicia y la Ley de Normalización Lingüística (LNL) --de rango superior al decreto- establecen el gallego como lengua de uso general en la Administración de Galicia. Por ello, consideró sorprendente que el nuevo decreto faculte a los docentes para imponer sus preferencias individuales sobre las programaciones educativas, ya que la libertad lingüística excluye a los funcionarios en el ejercicio de sus competencias.
Finalmente, alertó de una vulneración de la Carta Europea de Lenguas Minoritarias que podría darse en Educación Infantil, ya que se imparten la docencia según la lengua materna de la mayoría de los alumnos. También apuntó que el cumplimiento de la normativa europea está sujeta a una evaluación trianual y que Galicia logró por primera vez un informe suave después de la aprobación del decreto 124/2007 para el gallego en la enseñanza.
CONFUSION DE CONCEPTOS
A mayores, el titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Unico de A Fonsagrada (Lugo), Luís Villares, evidenció que, desde el punto de vista jurídico-constitucional, existe en el borrador de decreto una confusión de los conceptos de igualdad y libertad como medio y como fin.
No se puede tratar igual a algo que es desigual. La igualdad formal crea desigualdad real, razonó, arguyendo la necesidad de emplear criterios de discriminación positiva en relación con las lenguas que se encuentran en posiciones menos ventajosas. En este punto, señaló que el deber del sistema educativo es que los estudiantes conozcan las dos lenguas cooficiales, que parten de una situación desigual.
Lo mismo ocurre con el concepto de libertad. Si una persona no conoce los dos idiomas, no tiene garantizada su libertad final para escoger en cuál prefiere hablar, por lo que la enseñanza --reflexionó el magistrado-debe preparar para aprender y, así, poder escoger.
COLECTIVO DE JURISTAS
Según detalló el abogado santiagués Hector López de Castro, el colectivo de juristas firmantes del documento que entregarán en la Consellería de Educación se compone de más de 60 personas, representantes de los distintos sectores de la comunidad jurídica: fiscales, jueces, abogados, catedráticos...
No buscamos ser un número elevado, sino tener representación en todos los ámbitos y territorios, subrayó, al tiempo que puntualizó que los magistrados de lo Contencioso y lo Social fueron excluidos por si, posteriormente, tuvieran que actuar sobre el texto.
Asimismo, el documento que elaboraron es de carácter jurídico y responde a la gravedad del texto redactado por el departamento que dirige Jesús Vázquez Abad. No representamos a ningún colectivo, sino que queremos poner de manifiesto debilidades del borrador, al igual que hizo la Real Academia Galega, concluyó el letrado.
Entre los firmantes, se encuentran varios ex altos cargos de la Xunta con el bipartito, tales como el ex secretario xeral de la Consellería de Cultura Carlos Amoedo, el ex secretario xeral de Presidencia Gumersindo Guinarte, el ex secretario xeral de la Consellería de Presidencia Santiago Roura y el ex secretario xeral de Relacións Institucionais Xoán Antón Pérez-Lema.