La nueva orden de dependencia que establece seguimientos anuales sale publicada en el DOG

La nueva orden de dependencia que establecerá seguimientos anuales de las personas dependientes atendidas sale publicada en el Diario Oficial de Galicia (DOG). Los controles estarán realizados por parte de los profesionales de referencia y tendrán como fin garantizar la máxima calidad de los cuidados y la idoneidad del servicio que están recibiendo; mientras que en el primer año de atención, este seguimiento se realizará dos veces al año.
Este texto publicado en el DOG desarrolla el decreto 15/2010 del 4 de febrero en materia de dependencia. Además, la normativa -que fue consultada en el seno del diálogo social junto con la patronal y los sindicatos participantes- va en consonancia con el que será el nuevo decreto de la cartera de servicios de atención a la dependencia, que determina recursos especializados, así como su posibilidad de combinación, con el objetivo de crear un 'traje a medida' para la atención integral de las personas con dependencia.

En el caso de menores de tres años se regula un plazo máximo de 40 días para otorgar el recurso. Por su parte, en los casos de emergencia social, se contempla desde la asignación inmediata del recursos en los caos que sea necesario por sus circunstancias, hasta una espera máxima de tres días, según recuerda la Xunta en un comunicado.

Otra de las novedades es que la normativa regula la intensidad y la compatibilidad entre los distintos servicios y libranzas. Este aspecto se vincula con la que será la nueva cartera de servicios de atención a la dependencia, y que permitirá a los dependientes optar a un 'traje a medida' con los distintos recursos para garantizar una atención especializada.

Por otro lado, el texto publicado precisa el complemento autonómico a la libranza del asistente personal, que ya se recogía en el decreto de 2010, y que 'da respuesta a las demandas del colectivo de personas con discapacidad'.

La orden también ahonda en la regulación del respiro del cuidador no profesional, que se fija en 45 días al año. En este sentido, recoge que el cuidador podrá optar a esta opción a través de cualquiera de las modalidades de atención de la ley.

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