TS ordena indemnizar con 120.000 euros a Finito de Córdoba y Arancha del Sol

Imagen de la boda de Arancha del Sol y Finito de Córdoba (Foto: EFE)
Las periodistas Lidia Lozano y Raquel San Miguel, así como el director del antiguo programa de Telecinco, 'A Tu Lado', deberán indemnizar al matrimonio formado por la actriz Arancha del Sol y el torero Finito de Córdoba con 120.000 euros por la información vertida en dicho espacio sobre una supuesta crisis matrimonial e infidelidades.
En una sentencia, la Sala Primera del Tribunal Supremo (TS) recuerda que los hechos se remontan al 8 de febrero de 2005 durante la emisión de 'A Tu Lado', y consistieron en la difusión de imágenes y realización de insinuaciones y manifestaciones en relación a la supuesta crisis en el matrimonio, motivada por una presunta infidelidad del diestro.

Ante estos hechos ambos presentaron una demanda de protección del honor, la intimidad personal y familiar y la propia imagen contra la productora del programa, su director, Francisco López Diago, y las periodistas del mismo San Miguel y Lozano.

Aunque el Juzgado de Primera Instancia número 16 de Madrid acordó estimarla, la Audiencia Provincial de Madrid absolvió a todos los demandados y ahora el Supremo vuelve a dar la razón en parte a los recurrentes.

La sentencia del TS considera que se vulnero el honor y el derecho a la intimidad de los demandantes y que hubo un 'escaso grado' de afectación de las libertades de expresión e información, ya que la misma no se dirigió a formar la opinión pública, sino a satisfacer la curiosidad de los ciudadanos en conocer la vida de personas de reconocida proyección.

Además indica que la exposición fue realizada de manera 'ofensiva', acompañada de comentarios 'innecesarios' que solo redundan en 'descrédito y menosprecio' del matrimonio.

En lo que se refiere al ataque a su intimidad, el TS argumenta que lo importante, más allá de que fuera o no veraz la información divulgada, es el hecho de que se refiera a asuntos de interés público y no a datos íntimos que la pareja quiera mantener a resguardo de terceros.

'Y puesto que el tema de las posibles infidelidades cae dentro de lo íntimo, no puede rebasarse sin el consentimiento de los afectados por lo que se aprecia lesión a la intimidad', concluye el Supremo.

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