Tráfico

Las multas en las que la DGT no deja aplicar el descuento por pronto pago

Uno de los radares de la provincia (ARCHIVO).
photo_camera Uno de los radares de la provincia (ARCHIVO).
Hay una serie de sanciones por las que la DGT no deja hacer el descuento por pagar pronto una multa

La Dirección General de Tráfico permite bonificar el 50% de una multa si se abona el dinero en los primeros veinte días después de la notificación de la sanción. Una reducción de coste a la que se suman muchos conductores que reciben las multas en su casa o se les notifica en las propias carreteras españolas. Sin embargo, no siempre se puede contar en este descuento. La DGT contempla unos casos en los que no habrá bonificación en la multa. 

En algunas sanciones consideradas muy graves y en los que la sanción va desde los 500 hasta los 20.000 euros, los conductores no tendrán la opción de sumarse al descuento de la multa por pronto pago. En concreto son en los siguientes casos: 

  • Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radar o mecanismos que interfieran en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.
  • Falsear la identificación del conductor responsable de una infracción.
  • Realizar obras en la vía sin la autorización correspondiente, no instalar, o hacerlo incorrectamente, la señalización correspondiente. Así como la retirada, ocultación, alteración o deterioro de la señalización permanente u ocasional.
  • Incumplir las normas establecidas para las actividades industriales que afectan de manera directa a la seguridad vial.

¿Qué pasa si no se paga una multa de la DGT en plazo?

Los conductores tienen 45 días para abonar el dinero de la multa después de su notificación. Si el sancionado no hace el pago en ese tiempo, la multa será remitida a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, que se encargará de cobrarla con un 20% de recargo.

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