Absuelta de enviar fotografías de bebés con caras de perros

Adrián Borrajo, abogado de la acusada, ahora absuelta, durante el juicio en el Penal 2 de Ourense.
photo_camera Adrián Borrajo, abogado de la acusada, ahora absuelta, durante el juicio en el Penal 2 de Ourense.
Absuelta de enviar fotografías de bebés con caras de perros

El Juzgado de lo Penal 2 de Ourense ha absuelto a Zorel Y. A. de un presunto delito de acoso u hostigamiento grave a la actual esposa de su ex marido por no considerar los hechos probados como consecuencia de la falta de pruebas.

Esta mujer había sido acusada de enviar a la víctima correos electrónicos con mensajes injuriosos y execrables, y comentarios vejatorios en redes sociales, además de hacerle insistentes llamadas telefónicas, tanto a ella como a sus familiares. Los hechos investigados se produjeron en el contexto de una relación sentimental rota. “Recibimos fotos de bebés con caras de perro porque sabe que hemos tenido un hijo”, había declarado en el juicio el ex marido de la denunciada y pareja de la denunciante.

 La jueza, en cambio, firmó una sentencia absolutoria, ya que “no ha podido probarse que, a lo largo del año 2019, la acusada hubiera acosado de forma reiterada con comentarios personales injuriosos o vejatorios y publicaciones en redes sociales a la denunciante y su ex”, asegura.

La acusación le imputaba a Zorel Y. A. un delito de acoso, guiada por el ánimo de interferir en la relación que había iniciado su ex marido con la denunciante. “Le tengo pavor”, había reconocido la víctima cuando declaró ante la jueza protegida por una mampara y confesó que vivía en un estado tal de intranquilidad y desasosiego que le obligó a recibir asistencia psicológica y psiquiátrica.

Sin embargo, la magistrada manifiesta que “tampoco ha podido probarse que hubiera utilizado una dirección de correo electrónico para enviar reiterados correos a la dirección electrónica de la víctima con insultos, comentarios execrables y vejatorios, al haber comunicado Microsoft que dicha cuenta no existía”. La inculpada había negado el acoso durante el juicio y su letrado había declarado que “solo está acreditada una mala relación por ambas partes a raíz del divorcio”.

La acusación particular, que reclamaba 18 meses de cárcel para la acusada y 10.000 euros de indemnización por daños morales, podrá ahora interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial. 

El abogado que defendió a Zorel Y. A., Adrián Borrajo, celebró la sentencia absolutaria y aplaudió que la jueza coincida con sus tesis. “Absolutamente, nada quedó acreditado por la falta de pruebas. La acusación no aportó las llamadas reiteradas. Y en cuanto a los correos que aportaron, Microsoft demostró que no existía dicha cuenta. Es más, la sentencia conviene con esta defensa en todas sus tesis. Los pantallazos manipulados no acreditan el número de teléfono del que provienen. Y para finalizar, los famosos correos de bebés con cara de perro no existen”, aseguró el letrado.

Su defendida había negado durante el juicio todos los hechos de los que se la acusaba. “Desde el día en que descubrí que era la amante de mi exmarido me denuncia continuamente”, relató en la vista oral. El letrado ya había argumentado que este procedimiento solo se había abierto por unos estados de WhatsApp, con fecha de agosto de 2019, con comentarios en los que los denunciantes se daban por aludidos, que decían: “Mentes mediocres” y “encima de fea, zorra”. 

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