TRIBUNALES - OURENSE

Absueltas de una agresión que comenzó en una discoteca

La sentencia absuelve a los encausados porque las versiones de los hechos dadas por todos ellos son contradictorias y no hay testigos que puedan acreditar lo sucedido el día de los hechos

El Juzgado Penal 1 absolvió a dos mujeres y un hombre del delito de lesiones por el que fueron denunciados tras una discusión de las acusadas en una discoteca en la calle Valle Inclán de la ciudad en la madrugada del 28 de febrero de 2015. En el acto del juicio no comparecieron ninguno de los tres a pesar de ser citados personalmente y por correo certificado: Mónica C.R., Francisco B.P. -ambos viven en Alemania- y Nohemí V.M. 

La sentencia absuelve a los encausados porque las versiones de los hechos dadas por todos ellos son contradictorias y no hay testigos que puedan acreditar lo sucedido el día de los hechos. Los partes facultativos que aportaron las dos mujeres no acreditan cuál fue la causa de las lesiones. "No concurre un mínimo de actividad probatoria de cargo que permita desvirtuar la presunción de inocencia, recoge la jueza.


No acudieron al juicio


Tiene en cuenta que no existen corroboraciones periféricas que otorguen verosimilitud  a lo relatado en su día por todos ellos ante los agentes y el Juzgado de instrucción número 2 de Ourense.

Uno de los testigos no compareció y dos de los propuestos por la acusación particular ejercitada por Nohemí no pudieron ser citados en ninguno de los domicilios indicados por la parte que los mencionó. 

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