TRIBUNALES | OURENSE

Absuelto de arrancar altavoces instalados en un edificio suyo en Ourense

El denunciante reconocía que no vio personalmente a la persona que cortó los cables de los altavoces pero esa acción se la atribuía a Francisco Javier

El Juzgado de lo Penal 2 absolvió a Francisco Javier S.R.  del delito de daños que le imputaba el ministerio fiscal. Según recoge la sentencia, no ha quedado probado que el inculpado arrancara dos altavoces instalados en un edificio de su propiedad en la calle Colón de Celanova tras cortar los cables.
El acusado se presentó el 27 de julio de 2017 en el establecimiento comercial Nuevo Look para entregarle al propietario los dos altavoces. Aseguró en el juicio que se los encontró en el callejón que hay delante de su vivienda y que como sabía a quien pertenecían decidió entregárselos.

El denunciante reconocía que no vio personalmente a la persona que cortó los cables de los altavoces pero esa acción se la atribuía a Francisco Javier porque así se lo confesó -"Me salió de los huevos"-, un extremo que negó el imputado. Este último  llegó a decir que no tuvo ninguna conversación con el perjudicado porque tenía el coche mal aparcado.

La jueza recuerda que no existe ningún testigo "que pueda aseverar haber visto al acusado cortando los cables" ni tampoco se puede acreditar el supuesto reconocimiento de los hechos. "Simplemente tenemos la palabra de uno contra el otro", recuerda la magistrada para hacer prevalecer el principio de presunción de inocencia. Y añade que "no es difícil presumir que cualquier vecino de las inmediaciones podría estar molesto con los ruidos ocasionados con la instalación de los altavoces".

Por último, la magistrada recuerda que los daños causados no superan los 400 euros, por lo que se trata de un delito leve que ya estaría prescrito. 

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