TRIBUNALES

Absuelto un vecino de Coles de abusos a una niña y a su abuela

El Ministerio Público pedía para el encausado siete años y medio de prisión por sendos delitos de abusos sexuales, uno de ellos continuado, junto con la prohibición de acercarse a las víctimas. Sin embargo, la declaración contradictoria de la menor propició la absolución en dicho fallo judicial

La Audiencia considera que no hay prueba de cargo para condenar a Marcos B.R. (34 años) de los abusos sexuales que, según su propia suegra y una sobrina política de 13 años, les realizó mientras dormían. Unos hechos que fueron denunciados en septiembre de 2017. El inculpado vivía en la casa de sus suegros  en Coles y la menor pasaba allí muchos fines de semana.

El tribunal sostiene que las pruebas practicadas arrojan "dudas racionales sobre la realidad de los hechos objeto de acusación". 

El ministerio público pedía para el encausado siete años y medio de prisión por sendos delitos de abusos sexuales, uno de ellos continuado, junto con la prohibición de acercarse a las víctimas.

Los magistrados señalan que las fechas en las que presuntamente se cometieron los abusos "varían sensiblemente en el tiempo" y destacan que "la persistencia y seriedad de la incriminación se ciñe a los aspectos más rudimentarios".

La sentencia refleja la existencia de "contradicciones entre la menor y su abuela, primer testigo de referencia". Así, la joven dijo en el juicio que su abuela le contó que creía que el inculpado la había tocado pero que ella no le contó todo. No obstante, esta última describió en la vista oral "de manera concreta" dónde le dijo su nieta que la había tocado, aunque en ese momento decidió callarse porque no quería estropear el viaje del luna de miel del inculpado con su esposa (hija de la denunciante).

“En la misma declaración instructora la menor se contradice de manera destacada sobre las veces en que volvieron a producirse los tocamientos desde que descubrió que era el acusado”, abunda el fallo. 

Y, aunque los psiquiatras valoraron secuelas de estrés postraumático en la niña, con crisis de ansiedad y tratamiento antidepresivo,  la sala recuerda que el cuadro clínico "debe ser puesto en relación con otros factores que ponen en tela de juicio que tal sintomatología tenga su causa en los hechos objeto de acusación".

Los magistrados reparan en el contexto familiar."La menor sabía desde hacía tiempo lo que le había pasado a su tía, con quien tenía una relación muy especial, siendo una adolescente" (se quedó embarazada a los 16 años). 

Y le sorprende la pauta conductual de la menor. Pese a verbalizar su odio hacia el acusado -llegó a decir "por mi como si se muere"-, no tenía reparos en seguir yendo con él a la piscina.

Además, añade que el descenso del rendimiento académico, carece de "elementos de contraste necesarios" para objetivarlo, toda vez que no consta el historial académico (hay un informe pero de un curso posterior 2017-2018). 

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