Absuelto de un delito urbanístico sin la celebración de la vista oral

La acusación pública sostenía que las obras, que se prolongaton por espacio de algo más de un mes, se realizaron  sin licencia municipal

El Juzgado Penal 1 absolvió ayer a un investigado por un delito urbanístico -contra la ordenación del territorio- sin necesidad de que se celebrase la vista oral ya que el juez estimó los argumentos de la defensa de Carlos G.B. expuestos en el trámite de cuestiones previas.

La fiscalía había presentado querella en el Juzgado de O Barco en 2017 por la construcción en marzo de 2012 de una edificación de nueva planta y la ampliación de otra existente en O Serro, en ese concello, en parcelas de su propiedad.

La acusación pública sostenía que las obras, que se prolongaton por espacio de algo más de un mes, se realizaron  sin licencia municipal y en terreno calificados como suelo urbanizable delimitado en el Plan Xeral de Ordenación Municipal.

El letrado alegó que el delito ya había prescrito cuando se presentó la querella y que las obras son legalizables. 

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