TRIBUNALES

Absueltos de construir un galpón porque fue legalizado

El juez también tiene en cuenta la declaración del arquitecto del Concello de Padrenda, que desde un primer momento dijo que la obra reunía todos los requisitos para ser legalizada

El Juzgado de lo Penal 2 absolvió a un matrimonio de Padrenda de un delito contra la ordenación del territorio del que había sido acusado por la fiscal por la construcción de un cenador en suelo rústico al lado de su casa en Souto en 2011.

No obstante, según recoge la sentencia, se incoó un expediente de reposición de la legalidad, el 21 de junio de 2016, en el que el alcalde del Concello dictó resolución de legalización de la obra. De hecho, el abogado de los denunciados aportó al inicio del juicio como prueba documental la resolución de legalización. El juez también tiene en cuenta la declaración del arquitecto del Concello de Padrenda. Este último aseguró en el juicio que desde el primer momento la obra reunía todos los requisitos para ser legalizada.

La Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística había ordenado su demolición porque el cenador superaba el 10% de la superficie previamente edificada (la vivienda). Mencionaba que la superficie era de 59,25 metros cuadrado y la casa, 157. No obstante, el ente local la legalizó porque tuvo en cuenta la alegación planteada por el letrado de los dueños: la casa contaba con planta baja, primera y bajo cubierta por lo que su superficie real era de 409,47 metros. También se hacía notar que la superficie real del cenador era de 20,18 metros. "La superficie de la nueva construcción no supera el 10% de la primitiva, que contaba con licencia desde 1.982", dice el fallo. 

Te puede interesar