Absueltos de robar en coches y comprar los objetos sustraídos

La jueza dice que los indicios de la guardia civil "no son los suficientemente relevantes" para una condena penal

El Juzgado Penal 1 absolvió a Diego P.G. y Jonathan R.R. de un delito continuado de robo con fuerza en las cosas y otro de receptación, respectivamente. El primero estaba acusado por los robos perpetrados en los primeros días de julio de 2016 en el interior de varios coches estacionados en un garaje comunitario de la calle Rosalía de Castro de Allariz. Mientras, la fiscal sostenía que Jonathan había comprado a Diego unos altavoces por 20 euros a sabiendas de su origen ilícito.

La jueza estima la argumentación de la abogada Carmen Carballo Pérez a la hora de absolver a Diego: no hay testigos ni grabaciones de cámaras de seguridad del garaje comunitario ni en edificios ni negocios de las inmediaciones que permitan situar a Diego entre las 1.30 y las 7,00 horas del 2 de julio de 2016 en ese lugar.

La Guardia Civil tuvo en cuenta dos indicios para incriminar a Diego, el modus operandi que coincidía con otro robo con fuerza en una garaje alaricano, ocurrido en junio de 2016, en el que fueron investigados los ahora acusados así como el hallazgo de dos altavoces en poder de Jonathan que, según su versión, se los vendió Diego por 20 euros.

La jueza dice que los dos indicios "no son los suficientemente relevantes para desvirtuar la presunción de inocencia" ya que pudieron intervenir terceras personas. "No pudiendo descartarse que los dos altavoces que Diego vendió a Jonathan hubieran sido adquiridos por el primero a autor o autores de la sustracción, lo que le convertiría en autor de un delito de receptación, por el que no fue acusado en el presente procedimiento".

En cuanto a la adquisición de los altavoces , razona la magistrada, que tampoco está acreditado que el inculpado supiera de su origen ilícito. 

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