TRIBUNALES | OURENSE

Absueltos de talar la madera en una finca que no era suya en Leiro

La sentencia dicta que "no se ha podido probar que los acusados fueran conscientes de que estaban talando la leña sin contar con el consentimiento de la verdadera titular"

El Juzgado de lo Penal 2 de Ourense absolvió a Manuel A.G. y Jairo R.F. de un delito de hurto por talar madera en una finca ajena situada en un paraje de Leiro en octubre de 2014. Según la sentencia, "no se ha podido probar que los acusados fueran conscientes de que estaban talando la leña sin contar con el consentimiento de la verdadera titular".

Los inculpados manifestaron durante el juicio que pensaron que el propietario de la finca era M.P.B., con quien habían acordado que de cada cuatro tractores le entregaban uno y ellos se quedaban con tres.

Ahora bien, la jueza las da un tirón de orejas y deja caer que su modo de proceder podría tener consecuencias en el ámbito civil. "Su modo de operar deja bastante que desear desde el punto de vista del rigor profesional, pues se aprecia una absoluta ligereza a la hora de verificar y contrastar quienes son los titulares de las fincas que explotan", asegura la magistrada ponente de la sentencia. Añade que, tal como quedó acreditado en el juicio, a través de varios testigos, "no parece que sean muy rigurosos a la hora de respetar los acuerdos alcanzados con los propietarios".

El fallo hace hincapié en que resulta anómalo concebir que "si uno tiene el propósito de sustraer lo ajeno lo haga a la vista, ciencia y paciencia de todos los vecinos durante varios días y no con la clandestinidad propia en la que se suelen desarrollar todas las acciones".

La propia perjudicada vio a los acusados discutiendo con M.P.B. porque le reclamaban su parte de la leña, lo que avala la versión de que este último les ofreció las fincas, haciéndose pasar por el propietario. 

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