Alegan que la caza de una corza en época de veda no es un delito

Ourense. 16-12-16. Sucesos. Xuizo no penal de Ourense contra cazadores polo caso " Corzos".
Foto: Xesús Fariñas
photo_camera Los acusados, ayer en la vista oral en el Penal 2.

les acusan de matar a una corza el 30 de diciembre de 2012 en el terreno del coto privado en periodo inhábil y fuera de las batidas autorizadas.

Cinco vecinos de Lobios, José Luis Pérez, José Benito Fernández, Antonio Salgado, José Benito Rodríguez y José Luis Paz fueron acusados ayer en el Penal 2 de un delito contra la flora y fauna por la fiscal de Medio Ambiente y el Tecor de Lobios, del cual llegaron a ser socios los acusados. En concreto, les acusan de matar a una corza el 30 de diciembre de 2012 en el terreno del coto privado en periodo inhábil y fuera de las batidas autorizadas. El periodo hábil de caza mayor de la hembra de corzo había quedado establecido entre el 30 de septiembre y el 20 de octubre, según recordó la acusación pública.

Los inculpados no reconocen el delito. Según sostienen, estaban en el monte, pero cazando conejos (la caza menor sí estaba permitida en esa fecha). Pero, según recalcó su abogado en el informe de conclusiones, invocando la jurisprudencia del Supremo, el corzo es una especie cazable en Galicia por lo que, a su entender, el hecho de hacerlo en época de veda sería una cuestión que sólo debería dilucidarse en vía administrativa por el principio de "intervención mínima del derecho penal".

La fiscal mantuvo la acusación por un delito contra la fauna, reclamando para cada uno de los inculpados 12 meses multa a razón de 10 euros diarios, además de su inhabilitación especial para cazar durante cinco años. Por su parte, la acusación particular eleva la petición a 30 euros al día durante un año.

El principal indicio con el que pretenden acreditar las acusaciones el hecho de que los investigados iban ese día a por piezas de caza mayor es el testimonio de un socio del Tecor y su esposa. Vieron a todos ellos repartidos en tres coches en las cercanías donde apareció la corza abatida. También centraron sus argumentos en los testimonios de vecinos, incluido el presidente del Tecor, que escucharon a alguno de los inculpados jactarse de que solían cazar en época de veda y que incluso arrojaban después la carne a los perros o al contenedor. También que reconocían la muerte del animal pero le restaban importancia porque " no era para tanto".

Por su parte, el letrado de la defensa adujo que no había prueba para acreditar un concierto de voluntades para condenar a los cinco por la muerte del animal, por lo que sólo cabía absolver a todos ellos

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