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Seis años de cárcel por abusos sexuales a la hija de su pareja

delfin rodriguez
photo_camera Delfín Rodríguez, el día del juicio, a la salida de la Audiencia. (XESÚS FARIÑAS)

El fallo destaca que es un delito agravado por introducir los dedos en la vagina pero no se acusó por ello

La sección segunda de la Audiencia Provincial ha condenado a seis años de cárcel a Delfín Rodríguez Conde por abusar sexualmente de la hija de su pareja durante año y medio y en 11 ocasiones en la vivienda familiar cuando la perjudicada tenía 13 años. El tribunal también le ha impuesto una indemnización de 3.000 euros, así como cinco años de libertad vigilada con posterioridad al cumplimiento de la pena privativa de libertad y, durante ese periodo, la prohibición de comunicarse y aproximarse a la víctima.

La sentencia, cuyo ponente fue el presidente de la Audiencia, Antonio Piña, consideran creíble la imputación de la adolescente quien "de forma detallada explica cómo sucedieron los hechos". Su declaración fue "precisa", al detallar la forma en la qué se producían -tocamientos en sus partes íntimas  e introducción de los dedos en la vagina cuando compartían el sofá-, y también "contundente" . Asimismo, acudía a darle un beso de buenas noches desnudo de cintura para abajo.

La sala descarta los argumentos de la defensa de que la niña acusó por un móvil de resentimiento como reacción a los castigos por sus malas notas en el colegio y porque deseaba romper la relación de su madre. "La menor no presenta una especial relación de conflictividad con el acusado", asegura el  fallo.

La prueba pericial del equipo psicosocial del Imelga respalda la credibilidad del testimonio de la perjudicada. Concluyen que su relato es creíble, apreciando la concurrencia de 10 criterios sobre un total de 19 estudiados, sin apreciar subjetividad en el relato. Una apreciación reforzada por la declaración de una psiquiatra que atendió a la joven.

La sentencia repara en que el acusado podría haber sido condenado a más años de prisión pero tanto la fiscal como la letrada de la acusación particular aplicaron el artículo 183.1 cuando "los hechos recogidos en el relato fáctico probado se consideran subsumibles dentro del artículo 183.3" -establece penas que van de los ocho a los 12 años-.

El acusado introdujo en más de una ocasión un dedo en la vagina de la menor "constituyendo este un elemento de desvalor que agrava la conducta".

Eso sí, se aplica la máxima pena dentro del tipo penal invocado porque en la ejecución del delito se valió de la ascendencia por afinidad que tenía sobre la víctima (era el marido de su madre) y se prevalió de esa superioridad: el temor a los castigos si se negaba a la hechos realizados por el acusado. 


"Si me sé defender de ti, mejor me sé defender de un niño", dijo la joven


Los hechos por los que fue condenado el inculpado se descubrieron de forma accidental cuando le reprochó a la menor que un niño le había tocado los pechos. La víctima de forma espontánea le contestó: "Si me sé defender de ti, mejor me sé defender de un niño". 

Un año antes le había contado a su madre que Delfín le tocaba "la peseta" por encima del pantalón, pero ella creyó que se trataba de un acto accidental y no le mostró importancia.

La sentencia circunscribe los abusos sexuales a lo largo de 2016  hasta el 11 de abril de 2017. El inculpado aprovechaba las ausencias de la madre y se sentaba con la niña en el sofá de la casa, efectuando tocamientos por encima de la vestimenta, en los pechos y zona genital, llegando a introducir la mano en el interior del pantalón y los dedos en la vagina. 

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