El Juzgado Penal 1 condenó a Miguel Ángel S.L. por un delito de incitación al odio contra la etnia gitana con la atenuante de enfermedad mental ya que el inculpado padece un trastorno psicótico que le afecta aunque no anula su conocimiento y voluntad. La jueza la impuso un año de prisión y una multa de seis meses a razón de tres euros al día. Además, en la fase de ejecución de sentencia se resolverá sobre el bloqueo del portal de internet en donde se vertieron los insultos contra los gitanos.
En este proceso, estaba personada como acusación particular la Fundación Secretariado Gitano, que se adhirió a la modificación propuesta por la fiscal a la hora de rebajar la pena del inculpado al apreciarle una atenuante. Las acusaciones apoyaron la suspensión de la pena de prisión siempre que haga una curso contra la discriminación.