El retraso acumulado en el proceso judicial obligó a la juez a rebajar la pena de cárcel a la pareja

Condenados por practicar los actos sexuales ante sus hijos

Fernanda Lourdes Correia Teixeira. (Foto: M. ÁNGEL)
El Juzgado de lo Penal número dos de Ourense acaba de condenar a diez meses y 15 días de prisión a Manuel Antonio Correia Aires y a Fernanda Lourdes Correia Teixeira, un matrimonio de nacionalidad portuguesa enjuiciado por obligar a sus tres hijos menores a observar como mantenían relaciones sexuales, entre los años 1998 y 2001.
El fallo, notificado ayer mismo a las partes personadas en el proceso judicial, considera a ambos autores de un delito continuado de exhibicionismo, al probar que la pareja, que era matrimonio en el momento en el que ocurrieron los hechos, forzó a los niños 'un número indeterminado de veces' a presenciar sus actos íntimos.

Las localidades en las que se sucedieron de forma reiterada estos episodios delictivos fueron Sobradelo (Carballeda de Valdeorras) y O Barco, localidades en las que vivió el matrimonio a lo largo de esos cuatro años con sus hijos biológicos, nacidos en 1989, 1994 y 1998. No obstante, los actos de exhibicionismo no cesaron, según recoge la sentencia, pese a que la Xunta y el juzgado se hicieron cargo de los menores, dejando a la pareja sin la tutela de sus tres hijos. Los padres continuaron, precisamente, obligando a sus niños a contemplar sus relaciones sexuales tras haber sido acogidos por los servicios sociales, cuando acudían a visitarlos durante los fines de semana.

Pero hay más. La jueza del caso, Elisa Raña Pereiras, declara demostrado que los menores eran coaccionados a ver su coito bajo la amenaza de que 'si no lo hacían, les pegaban'. Además, 'en alguna ocasión, una hija del matrimonio fue golpeada por su padre' por negarse a presenciar el acto sexual de sus propios progenitores. Durante el tiempo en el que ocurrieron estas prácticas, los padres indicaban a sus hijos que debían observar cómo mantenían sus encuentros íntimos porque 'así aprenderían para cuando fuesen mayores'.

El fallo que impone la citada pena de prisión a los padres, que también les prohíbe acercarse a menos de 300 metros de sus tres hijos o comunicarse con ellos durante dos años y nueve meses, no acredita, sin embargo, que una de las víctimas 'participara en los actos sexuales'.


EL JUICIO

Manuel Antonio Correia y Fernanda Lourdes Correia se desvincularon totalmente de estas prácticas en la vista oral en la que fueron enjuiciados, que se celebró el pasado día 9 a puerta cerrada para preservar la intimidad de las víctimas.

Ambos fueron encarcelados en la prisión de Pereiro el pasado mes de mayo hasta ese día, después de que eludiesen al juez en una ocasión anterior, en noviembre de 2011, y de que se dictase una orden de detención europea que derivó en su arresto en Portugal.

Durante el juicio, una de las hijas del matrimonio -que tiene ahora 22 años- relató al juez que sus propios padres biológicos la obligaron a presenciar los encuentros sexuales, reforzando la tesis del fiscal, que solicitó para cada acusado tres años de cárcel (por tres delitos continuados de corrupción de menores o bien, alternativamente, de exhibicionismo).

La magistrada del caso sólo ve probada la comisión de uno de estos delitos y rebajó la pena que impuso a los padres al considerar que hubo dilaciones indebidas en el proceso judicial, al demorarse en el tiempo. Obliga a los progenitores, por último, a indemnizar a cada uno de sus tres hijos con 1.000 euros.

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