Lucha contra el coronavirus

¿Cuándo puedo salir de mi municipio? Excepciones al cierre perimetral en Galicia

O VISO (COLES) 8/10/2020.- Controles de movilidad en la carretera de Santiago. José Paz
photo_camera Control de movilidad en la provincia (José Paz).
La orden del DOG recoge varias causas por las que se podrá cambiar de ayuntamiento en las próximas semanas

Todos los ayuntamientos gallegos se encuentran desde este miércoles cerrados perimetralmente para evitar el empeoramiento de la situación epidemiológica de la covid-19, una circunstancia que, no obstante, puede vulnerarse por una serie de motivos justificados, entre los que están algunos básicos como la asistencia al trabajo o a centros sanitarios, y otros más específicos, como la caza del lobo y del jabalí o la compra de productos de primera necesidad en territorios limítrofes.

Así lo recoge la orden publicada este martes en el Diario Oficial de Galicia, en la que se establece el cierre perimetral individual de todos los municipios gallegos hasta el 17 de febrero. La comunidad también estará hasta esta fecha cerrada tanto hacia el resto de España como con Portugal.

No obstante, la propia norma de la Xunta establece una serie de excepciones a la limitación de la movilidad territorial. Entre ellas, como novedad, aparece recogida de forma expresa la posibilidad de cruzar un cierre perimetral para acudir a establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad en territorios limítrofes "cuando no exista alternativa en el propio ayuntamiento".

Del mismo modo, también está justificada la movilidad para la asistencia a centros o servicios sanitarios, cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o sindicales; asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de Educación Infantil; retorno al lugar de residencia habitual o familiar; o asistencia y cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas vulnerables.

Asimismo, también podrá cambiarse de ayuntamiento para desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de servicio en territorios limítrofes; actuaciones requeridas ante órganos públicos, judiciales o notariales; renovación de permisos y documentación oficial; realización de pruebas o exámenes oficiales inaplazables; cuidado de huertas y animales y asistencia a academias, autoescuelas o centros de formación, además de causas de fuerza mayor.

Todas las excepciones para salir del cierre

  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios
  • Las obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales, sindicales y de representación de trabajadores o legales. 
  • Asistencia a centros universitarios (exámenes), docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil. 
  • Retorno al lugar de residencia habitual o familiar
  • Asistencia y cuidado, incluido acompañamiento, a mayores, menores, dependientes o personas con discapacidad o especialmente vulnerables.
  • Desplazamiento a entidades financieras o de seguros
  • Desplazamiento a estaciones de servicio de municipios limítrofes
  • Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales. 
  • Renovación de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables. 
  • Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
  • Cuidado de huertas y animales
  • Asistencia a academias, autoescuelas y centros privados de enseñanza no reglada y centros de formación. 
  • Desplazamiento a establecimientos minoristas de alimentación, bebidas, productos o bienes de primera necesidad en territorios limítrofes cuando no haya alternativa en el propio municipio. 
  • Causa de fuerza mayor o situación de necesidad. 
  • Actividades de caza de lobo o jabalí 

Caza de jabalí y lobo

Por otra parte, el decreto vuelve a incluir que quedan exceptuadas de las limitaciones de entrada y salida de los municipios cerrados, así como de las restricciones de permanencia solo con convivientes, las acciones de caza colectiva que se realicen sobre el jabalí y el lobo.

En concreto, se limitan a las acciones de caza de jabalí incluidas en la planificación aprobada para la temporada 2020/2021 de los planes de aprovechamiento cinegético de los Tecor y acciones autorizadas específicamente en terrenos de régimen cinegético común.

También contarán con esta posibilidad las acciones de caza con ocasión de daños a la agricultura o a la ganadería ocasionados por el jabalí o el lobo, tras su comprobación por las autoridades, y acciones de caza como consecuencia de accidentes graves de tráfico reiterados en un mismo punto kilométrico. El resto de actividades de caza quedan supeditadas a las medidas generales.

Movilidad nocturna

Finalmente, dentro de este decreto, la Xunta vuelve a ratificar la restricción de movilidad nocturna en toda la comunidad entre las 22,00 y las 6,00 horas.

Dentro de ese horario, los gallegos solo podrán circular por la vía pública para la adquisición de medicamentos o bienes de primera necesidad, asistencia a centros sanitarios, asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia, cumplimiento de obligaciones laborales o legales o retorno al lugar de residencia tras realizar alguna de estas actividades.

También podrán moverse para el cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas vulnerables, para el abastecimiento en gasolineras cuando sea necesario para hacer algunas de las actividades anteriores o por causa de fuerza mayor.

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