Tribunales

Entró a casa de su exnovia sin permiso y se olvidó el teléfono

Carlos M.V. reconoció el delito de allanamiento de morada. (Foto: Miguel Ángel)
photo_camera Carlos M.V. reconoció el delito de allanamiento de morada. (Foto: Miguel Ángel)
El inculpado, que será condenado a seis meses de prisión

Carlos M.A. no complicó el funcionamiento de la Administración de Justicia: reconoció el delito que le imputaba la fiscalía y evitó que un jurado popular, con nueve integrantes y dos suplentes, tuviera que juzgarlo por allanamiento de morada, uno de las infracciones penales que pueden enjuiciar los ciudadanos en virtud de la Ley del Jurado.

El inculpado, que será condenado a seis meses de prisión, entró sin permiso en la casa de su expareja, en la calle Curros Enríquez de Xinzo de Limia, el 18 de julio del pasado año. El acceso ocurrió entre las siete y las diez de la mañana, aprovechando que la moradaba no estaba en el interior de la casa. Y, aunque no tenía llave, se la ingenió: accedió a la parte trasera del edificio y desde allí pasó a la terraza del piso. Aprovechó que la puerta del balcón estaba abierta para adentrarse en el domicilio. Estuvo en la cocina tal como le delató el teléfono móvil que se olvidó en esa estancia.

La denunciante se percató de que alguien había estado en su casa porque encontró un teléfono móvil que no era suyo. Y, aunque estaba bloqueado, el fondo de pantalla le llevó hasta la persona que había estado en la vivienda porque en la foto aparecían parientes del inculpado.

La instrucción reccayó en el Juzgado mixto de Xinzo pero el caso fue juzgado en la Audiencia al tratarse de un delito contemplado en la Ley del Jurado. Homicidios y asesinatos son los delitos que más juzga un tribunal popular en Ourense.

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