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La fiscal en un atropello: "Las víctimas no son invisibles"

La inculpada, de 75 años, este miércoles en el banquillo (MIGUEL ÁNGEL).
photo_camera La inculpada, de 75 años, este miércoles en el banquillo (MIGUEL ÁNGEL).

La conductora acusada de arrollar a una madre que iba con el carrito de su bebé: "Miré y no vi a nadie"

El juicio por el accidente de tráfico en el que una madre y su bebé resultaron lesionados en un atropello en el paso de cebra de Nuestra Señora de la Saínza sentó en el banquillo a una conductora de 75 años acusada de dos delitos de imprudencia grave en los que el mayor castigo sería dejarla sin conducir tres años -la petición de la fiscal, además de una pena multa-. Según enfatizó el letrado de la acusada, retirarle el permiso supondría "encerrarla en su propia casa", ya que vive sola en Souto Penedo, en San Cibrao das Viñas, y precisa del coche para poder desplazarse.

La acusada  no sabe explicar cómo ocurrió el accidente porque, según dijo, "miré a la izquierda y a la derecha y no vi a nadie". Circulaba despacio y se percató del accidente cuando sintió un golpe en la parte trasera del coche. Esa mañana, según dice, el sol molestaba para conducir, una afirmación cuestionada por la fiscal ya que era la una del mediodía del 21 de febrero de 2017.

La víctima del atropello relató una versión distinta. Los coches de la izquierda pararon y el que se acercaba por la derecha, el de la inculpada, aún estaba lejos. "Cuando ya iba en la mitad del paso, de repente me apareció encima y le dio a la silla del bebé con la parte frontal del coche", relató. La peatón volcó el carrito en el que iba su hija de un año de forma instintiva "para que el coche no le pasara por encima". El bebé fue a parar al suelo y la rueda de atrás pisó a la madre, que también sufrió una contractura cervical. Pero lo que más le dolió, según valoró, "es que no se molestó en ver cómo estaba la niña".

Un policía local que acudió al lugar para confeccionar el atestado acreditó que la conductora le había reconocido que solo había mirado hacia su derecha y que el sol le daba de frente. Y confirmó que la conductora circulaba despacio.

Sin embargo, otro conductor que estaba en esa calle aparcando explicó que el sol no estaba bajo y no impedía la visibilidad.

La fiscal reclamó una condena por imprudencia grave porque el lugar en que tuvo lugar -un paso de patones perfectamente señalizado- y la desatención en la conducción. Para la acusación, la inculpada se despistó. "La víctima y el carrito no son invisibles y no los vio porque no miró", aseguró en sus conclusiones finales. La conductora, a su entender, debería "haber adoptado todas las medidas necesarias para respetar la prioridad de los peatones".

El abogado de la defensa no ve la imprudencia grave porque "el carrito avanzó hacia el coche", recordando que fue la madre la que produjo el  vuelco como reacción natural al ver el coche "pero esta acción no es imputable a mi representada".

El letrado dejó entrever que la víctima podía ir despistada con el móvil -la perjudicada lo negó- y que le interesaba acreditar un "latigazo cervical, el buque insignia de las lesiones de tráfico", para cobrar una indemnización (recibió más de 5.000 euros).

Para la defensa, no encaja su versión de que fue golpeada con la parte delantera del coche cuando los desperfectos aparecen en la trasera. Y quiso dejar claro que "esto es un juzgado penal no la Dirección General de Tráfico". 

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