Los jueces de la Audiencia Provincial no consideraron suficientes las razones expuestas por el ministerio fiscal para que Carlos Pérez ingrese en prisión provisionalmente. El implicado fue condenado el pasado 6 de abril a 12 años de prisión por homicidio y conducción temeraria y sin carné provocando un accidente que le costó la vida a un motorista en la N-525, en septiembre de 2019.
Durante el juicio, el inculpado negó ser el conductor del vehículo que ejecutó la colisión por alcance contra el fallecido, un motorista que volvía a Portugal con su padre tras unos días de vacaciones en Galicia. En el momento del atropello, el turismo iba a 125 kilómetros por hora en una zona limitada a 60. Además, según la Policía Local, no solo no frenó sino que pisó más el acelerador.
La fiscal, Pilar Manso, pidió la semana pasada en la Audiencia que Carlos Pérez ingrese en prisión provisionalmente , al margen del resultado del recurso de apelación presentado ante el TSXG. Sin embargo, los magistrados comparten las argumentaciones de defensa del acusado que señalan como remota la posibilidad de que vuelva a delinquir. Señalan, que aunque se ha dictado una sentencia que lo condena, “la medida cautelar de prisión provisional no puede ser considerada como estrictamente justificada”. Además, indican que cabe tener en cuenta que el acusado “se presenta regularmente a las comparecencias periódicas y dispone de doble cauce impugnativo en apoyo de su tesis exooneratoria”, es decir, que consideran poco probable que pueda volver a delinquir cuando aún tiene posibilidades de librarse de la responsabilidad criminal mediante el recurso de apelación o casación (si se impugna o anula la sentencia).