CASO COMISARIA

El juez archiva el caso de los anónimos contra la Policía

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photo_camera Un vehículo policial sale del garaje de los juzgados.

Instrucción 2 dice que las injurias están prescritas, aunque veía conexión con la sustracción de armas 

Los distintos procedimientos judiciales articulados en torno a los sucesos acaecidos en la Comisaría de la Policía Nacional de Ourense desde 2014, cuando ese verano fueron sustraídas tres de las seis armas del búnker, y que se extendieron hasta abril de 2016, cuando apareció muerto en su despacho de trabajo el agente Celso Blanco, se desplegaron por los tres juzgados de instrucción.

Ahora, cuando se cumplen cuatro años de la oleada de detenciones de la operación Zamburiña contra el tráfico de drogas, con cuatro agentes del exgrupo de estupefacientes procesados, uno de los juzgados, Instrucción 2, archivó la causa que tenía sobre la mesa: la sustentada en las injurias con publicidad contra funcionarios públicos (policías), en alusión a las acusaciones vertidas en los anónimos enviados a la prensa el 26 de febrero de 2015 (se mencionaba una trama de corrupción para el robo de pistolas para su venta en la calle con la anuencia de superiores), oficio policial al que se unió la querella de marzo de 2016 presentada por el exjefe de drogas, Antonio R.F. -imputado en la Zamburiña- por la nota sin remitente enviada a Asuntos Internos en noviembre de 2014 en la que se le acusaba junto a una serie de policías de corrupción por ayudar a traficantes.

El magistrado Luis Doval archivó las diligencias que la Policía Nacional (UDEV) consideraba injuriosas y la querella al concluir que el delito está prescrito. Ya lo había acordado en un primer momento, cuando denunció la propia Policía Nacional, pero las reabrió para inhibirse a favor de Instrucción 1, quien no quiso el asunto. También estuvieron en Instrucción 3 hasta que la Audiencia, ante una petición de la fiscalía, acordó la remisión a Instrucción 2 para que su titular resolviera sobre la prescripción que alegaba la acusación pública.

Doval recuerda que "los delitos de calumnias o injurias prescriben al año, plazo que ha de computarse desde el momento de la comisión de la infracción". En este caso, desde que los anónimos salen a la luz pública y permiten su conocimiento por parte de terceros.

El juez recuerda que, a través de las diligencias practicadas, "no se ha identificado al presunto autor de los anónimos, y no se ha dirigido el procedimiento contra persona alguna como investigado en el plazo de un año desde la comisión del delito".

En el auto, el magistrado aclara "que la duda sobre la prescripción podría plantearse si los anónimos se encuadran en el marco de un comportamiento delictivo complejo" (varias infracciones cohesionadas) porque el delito más grave es el que determina los plazos. Recuerda que ya intentó acumular esta causa a la investigación por el robo de armas de Instrucción 1 por entender, "no de forma intuitiva sino a la vista de los extensos y argumentados oficios de UDEV, que podría existir una vinculación o relación entre los autores de los anónimos con el robo de armas en comisaría. Pero el Instrucción 1 rechazó la inhibición -recuerda- y planteada la cuestión de competencia la Audiencia no apreció delitos conexos.

Precisamente, la Policía Judicial de Ourense inculpa directamente al agente muerto del envío de las notas anónimas a la prensa. Incluso sostiene que este hecho puntual permitió la resolución policial del caso. Para UDEV, los inspectores Roy y Bernardo D.L. junto a Blanco sustrajeron las armas, crearon rastros falsos y enviaron los anónimos para perjudicar a compañeros.


Envía todo a la jueza Armesto


Aún así, el juez envía toda su investigación a Instrucción 3, todas las diligencias practicadas a lo largo de estos tres últimos años por si pueden contribuir al esclarecimiento de su asunto (homicidio). 

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