CONCELLO

El juez avala que se parase una obra con restos romanos en Ourense

El Concello decidió iniciar un expediente de revisión de una licencia concedida en 1996, pero sin efecto hasta 2014

Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Ourense avala la actuación del Concello de Ourense al revisar de oficio una licencia otorgada en 1996 para construir un edificio en la rúa Progreso 49 en un solar que ocupaba 161 metros del área de reparto de As Burgas, un proyecto que se paralizó en 2014 cuando aparecieron restos de columnas romanas.

El magistrado José Andrés Verdeja desestima el recurso formulado por Adolfo Pereira Miramón, en el que se reclamaba una indemnización "por los daños y perjuicios generados por la paralización", al entender que la decisión de iniciar un procedimiento de revisión de oficio y declarar la nulidad de la licencia fue contraria a derecho, apreciando también desviación de poder, "ya que la única finalidad que buscaba era anular por el medio que fuese, cuando podían haberse buscado medios alternativos para compatibilizar la licencia con la protección del patrimonio".

Pese a que la licencia se concedió en 1996, el juez deja claro en la sentencia que el permiso no se expidió hasta el 5 de agosto de 2014, siendo cuatro meses y medio después cuando la entonces concejala de Urbanismo, Áurea Soto, mandó incoar un expediente de revisión cuando no habían arrancado las obras, sino otras de demolición amparadas en otra licencia.

"Por lo tanto, no nos encontramos ante una licencia de hace 20 años en el que las obras concluyeran o se encontraran próximas a su finalización, sino que ni siquiera habían comezando", explica Verdeja.

Sobre la apreciación de desviación de poder por parte de los recurrentes, el magistrado expone que "más allá del evidente transcurso del tiempo, con pasividad demostrada y constatada por todas las partes afectadas, lo cierto es que la decisión de la administración se basa en datos objetivados, avalados por el Consello Consultivo".

Por todo ello, Verdeja entiende que "no hay motivos suficientes" para ver desviación de poder, ya que es la expedición de la licencia, tras varios cambios de gobierno, "lo que hace saltar las alarmas, dada además la zona en que se ubica la construcción proyectada".

Sobre la indemnización que reclaman los demandantes, el juez cree que se debe dictaminar en un expediente posterior de responsabilidad patrimonial.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. 

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