Un juez avala la relación entre Servicarne y Coren

Sta Cruz de Arrabaldo. 25-02-14. Local. Visita do alcalde de Ourense e Áurea Soto ás instalacións de Coren.
Foto: Xesús Fariñas
Rechaza los argumentos de la Seguridad Social, que cuestionaba la situación de 924 trabajadores

El juzgado de lo Social número 4 de Ourense desestimó las pretensiones de la Seguridad Social, que pretendía la vinculación laboral para Coren de 924 cooperativistas de Servicarne que prestaban servicio al grupo ourensano. El juez observa correcto el funcionamiento de la cooperativa subcontratada por Coren y define como un "modelo de de descentralización" los vínculos existentes entre ambos actores. Desde Coren valoraron "positivamente" la resolución judical conocida ayer: "Evidentemente supone una primera resolución –un primer paso, pero también un paso más–, dentro del largo proceso judicial iniciado por la Administración para determinar si el funcionamiento de Servicarne como cooperativa de trabajo asociado era correcto". 

La resolución nace del procedimiento iniciado por la Administración con respecto a la situación de los trabajadores de la cooperativa de trabajo Servicarne –que sumaba en 2018 más de 5.000 socios socios trabajadores– en decenas de empresas del sector cárnico, entre ellas Coren, enmarcado en la ofensiva de Trabajo contra la figura de los falsos autónomos. Ahora, tres meses y medio después de la vista –celebrada el 24 y 25 de septiembre del 2019– el juez acuerda desestimar la demanda presentada por la Seguridad Social que reclamaba la laboralidad para Coren de un millar de cooperativistas. El proceso, originado en una inspección de trabajo el 11 de julio de 2018 –y que desembocaría en la contratación por parte de Coren de estos trabajadores como asalariados, con fecha 31 de ese mismo mes– se orientaría por parte de los demandantes a la inexistencia real de Servicarne como empresa y a sus defectos de constitución y funcionamiento bajo la Ley de cooperativas. 


Argumentos


El magistrado rechaza los argumentos de la Inspección de Trabajo, que concluía que, en la relación entre Servicarne y Coren, "no puede ser calificado de subcontrato de servicios al carecer Servicarne de tanto de funcionamiento cooperativo como de actividad real, al ser inexistente". A partir de aquí, el juez avala la propia existencia de Servicarne: "El hecho de los pocos medios materiales y financieros nada ilustra, se trata de una empresa que ofrece servicios y no productos. Aceptar el argumento implicaría la fraudulencia de todas las empresas de servicio". 

En este caso, según recuerda el juez, los demandantes negaban  la cesión ilegal de trabajadores –motor, se recuerda en la sentencia, de otros cuatro pleitos similares, tres con resolución desestimatoria–  exponiendo ese supuesto fraude de la ley de cooperativas –que ocultaría la relación laboral con Coren–  planteando un "fenómeno interpositorio" al margen de la mencionada cesión ilegal. Algo que, explica el juez, "no está contemplado en la ley", y que, en todo caso, sería "inimputable a Coren". 

El magistrado recuerda también en la sentencia, que no es firme y que admite recurso de suplicación ante la sala de lo Social del TSXG, que esta "situación ha sido consentida durante más de 20 años, y no resulta sino un modelo de descentralización productiva –que ciertamente precariza la prestación de los cooperativistas respecto de los trabajadores por cuenta ajena– pero dadas las circunstacias reseñadas, y la ausencia de petición de cesión ilegal, solo cabe la actuación legislativa y no la jurisdiccional". 

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