Un juez destierra de su aldea a un condenado por incendios

Ourense. 19/02/18. Juicio en el Penal 2 a un pirómanos que incendiaba casas en Vilardevós.
Foto: Xesús Fariñas
photo_camera Emilio Fernández Álvarez, durante la vista en el Juzgado Penal 2.

La sentencia considera que el modus operandi, el acceso por los tejados, delata al inculpado

Emilio Fernández Álvarez no podrá regresar al pueblo en el que reside, Terroso (Vilardevós), durante tres años, una vez cumplida la pena de prisión. Así lo sentenció el juez del Penal 2, quien añade a la condena de tres años de cárcel, una multa de 22 meses, a razón de tres euros al día. En total, la prohibición de acudir y vivir en Terroso es de seis años pero los puede cumplir simultáneamente con la pena de prisión impuesta.

El juez le considera culpable de la oleada incendiaria que en los últimos meses de 2016 afectó a diversas propiedades. En el juicio, tres perjudicados llegaron a reclamar hasta 10 años de cárcel, además de un "destierro" de dos décadas. En el proceso penal, quedó constancia que los vecinos de Terroso vivían completamente atemorizados. Tenían -recoge el fallo- "verdadero pánico a poder ser víctimas de un incendio provocado por el acusado", de ahí las dificultades para hallar testigos incriminatorios.

El fuego no solo quemó alpacas de hierba sino que destrozó alpendres. Además, según añade el fallo, desobedeció la orden que le prohibía acercarse a menos de 300 metros a los denunciantes, lo que provocó que el juez instructor, en enero de 2017, fuera menos comprensivo  en tanto que acordó la prisión preventiva (permanece encercelado desde hace algo más de un año).

El ponente no considera creíble su versión: alegó que sus vecinos le odiaban porque en aquel momento era adicto al alcohol.
Todos los incendios se produjeron en las estaciones de otoño e invierno, reparando el juez en que desde que el acusado ingresó en prisión provisional cesaron los fuegos.

El modus operandi -el acceso a los alpendres a través de los tejados- delata al inculpado, según el juez. El 22 de enero de 2017 fue sorprendido, con una botella de aceite en la mano, mientras retiraba varias tejas del tejado de una nave propiedad de una vecina.

En total, el fallo considera acreditados desperfectos con una hacha en la puerta de una vivienda; la quema de 60 alpacas en una cuadra así como dos incendios en sendos alpendres y en una nave agrícola.

Otra de las pruebas que lo incrimina es el hallazgo de una huella encontrada en una de las propiedades y que se corresponde con una de sus botas. n

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