El juez niega a una particular incluir un punto en un pleno

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Ourense desestima la pretensión de una particular de incluir en el orden del día del un pleno municipal la declaración de lesividad sobre el acuerdo de la junta de gobierno que reconocía una indemnización por importe de 358.582 euros a la denunciante de ilegalidades en la plaza de San Antonio.
De esta forma, el contencioso confirma la resolución emitida por la Alcaldía el pasado 13 de diciembre en la que se le denegaba esta pretensión. Así, los términos indicados por la recurrente no se ajustan al derecho de petición y debe seguir los cauces administrativos normales, no pudiendo recurrir a un procedimiento extraordinario.

Para el juez, 'la pretensión de la demandante incurre además en un claro y manifiesto fraude de ley', invocando el dereito de petición para 'arrogarse la potestad de convocar la celebración de un pleno municipal y de prefijar los asuntos que en él se han de tratar', potestad que le corresponde únicamente al alcalde, a un determinado número de miembros de la Corporación Municipal, o, por iniciativa popular, del 10% de los vecinos del municipio.

Además, el juez condena a la demandante a pagar las costas al considerar 'la manifiesta temeridad en la que incurrió al promover este litigio'. La sentencia aún no es firme y puede ser recurrida ante el TSXG.

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