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A juicio en Ourense por acoso a una menor con mensajes, fotos y vídeos sexuales

Los casos de "stalking" que llegan a los juzgados: una media de uno al mes

El delito de acoso insistente o "stalking" está a la orden del día en los juzgados penales de Ourense, con una media de un procedimiento al mes. Aunque este supuesto fue introducido en el Código Penal por la Ley Orgánica 1/2015 de 30 de marzo, dentro de los delitos contra la libertad, los primeros casos que se juzgaron en la provincia se remontan al pasado año.

El próximo martes se enjuiciará un asunto con connotaciones especiales, ya que la víctima es una menor de edad, con discapacidad intelectual. El Ministerio Fiscal acusa a un vecino de Feces de Abaixo (Verín) de acoso reiterado a una joven de 15 años. El inculpado, según la acusación pública, se valió de mensajes, fotos y hasta vídeos, algunos de contenido sexual, para hostigar a la menor "de modo que alteró gravemente su vida cotidiana". Pero también le acusa de exhibicionismo en relación a uno de los vídeos y una fotografía remitida. En total, reclama una pena de un año y nueve meses de prisión, además de seis años de alejamiento y comunicación con respecto a la denunciante.

En el banquillo del Juzgado Penal 2 se sentará el martes F.D.S.R., de 63 años. La fiscal asegura que acosó a una menor residente en el País Vasco que veraneaba en ese pueblo ourensano. Conocía al inculpado, además, porque la víctima jugaba con sus nietos. Todo comenzó, según la versión que llegó al Juzgado de Verín, porque el encausado, en abril de 2017, coincidiendo con las vacaciones de Semana Santa, le pidió el número de teléfono móvil con la excusa de enviarle unas fotos en donde salía ella con sus nietos. Anteriormente, nunca le había dicho nada fuera de lo normal  salvo algún que otro piropo porque la veía "guapa".

Los primeros mensajes están datados el 11 de abril de 2017 . En algunos le decía que "estaba muy  buena". En otros, incluso le llegó a pedir, según asegura la fiscal, fotos íntimas. El acoso comenzó a subir de nivel cuando, según añade, le remitió un vídeo en el cual se masturbaba o incluso una foto de un miembro viril. Todo ello trufado con declaraciones de amor en las que incluso le proponía vivir con ella pese a que estaba casado.

El hostigamiento supuestamente continuó hasta el 3 de mayo de 2017 cuando supo que había sido denunciado ante la Ertzaintza (Policía Vasca) el 25 de abril de 2017. 

La menor acabó confesando a sus padres lo que ocurría porque no la veían tranquila. De hecho, borró los mensajes porque se sentía avergonzada. 

El letrado que representa al acusado no quiso hacer declaraciones a este diario, alegando que debe confidencialidad a su cliente. En el escrito de defensa, se limita a negar lo hechos. 


Un delito exige un patrón de conducta


El bien jurídico principalmente afectado por el stalking es la libertad (en particular sobre la libertad de obrar), aunque también pueden verse afectados otros bienes jurídicos como el honor, la integridad moral o la intimidad, en función de los actos en que se concrete el acoso.

El precepto castiga el hecho de acosar de forma insistente y reiterada y sin estar legítimamente autorizado.

Se exige un patrón de conducta, descartando actos aislados. Igualmente, una estrategia sistemática de persecución, integrada por diferentes acciones dirigidas al logro de una determinada finalidad que las vincule entre ellas así como que la conducta típica altere gravemente el desarrollo de la vida cotidiana del sujeto pasivo.

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