TRIBUNALES / OURENSE

A juicio un ourensano que guardaba 314 carpetas de material pedófilo en casa

El acusado se enfrenta a un año de prisión y tres más de libertar vigilada

Un vecino de Ourense, residente en la avenida de Juan XXIII, Luis I.B., se enfrenta a una petición de pena de un año de prisión y tres más de libertad vigilada por un presunto delito de corrupción de menores, de acuerdo con el actual Código Penal. Es lo que pidió el Ministerio fiscal en la vista en el Juzgado de lo Penal número 2 de Ourense.

Según manifiesta en su escrito el acusador público, la detección de este presunto pedófilo se produjo a raíz de una investigación llevada a cabo por el Juzgado de Instrucción 7 de Madrid, a instancias de la Policía chilena y la brigada de investigación tecnológica vía Interpol. Se conoció entonces que este ourensano, de 51 años y sin antecedentes penales, podría haber conseguido material pedófilo mediante el programa Emule. Se realizó el correspondiente registro en su domicilio y en sus ordenadores, encontrando en uno de ellos archivos descargados de ese programa con títulos "que se correspondían con vídeos de contenido pedófilo, en los que se observan -recalca la Fiscalía- como menores de edad mantienen relaciones sexuales entre ellos o posan de formas sexualmente explícitas".

Nuevo registro

Asimismo, el mismo acusado fue detectado, siempre según el fiscal, por el Juzgado de Instrucción 2 de Carmona, con motivo de la denuncia presentada ante la Guardia Civil por un particular que, al descargarse un disco de internet, topó con vídeos de pornografía infantil. Hubo un nuevo registro en los ordenadores del ourensano, dice la Fiscalía, y se hallaron hasta 114 carpetas con 13.945 archivos con material pornográfico; otras 44 carpetas con 4.510 archivos en otro disco duro; y en otros dos más, un total de 156 carpetas con 35.505 archivos, también de material pornográfico protagonizados por jóvenes y niños.

En total, en los dos registros fueron halladas 314 carpetas y decenas de miles de archivos que, según el acusador público, "lo tenía el acusado para su propio consumo", sin constar, dice, que lo compartiera con terceras personas.

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