El Concello no prevé devolver las tasas municipales que ya le pagó la empresa, más de un millón

La licencia de obra de Eroski también fue anulada en firme

Primero el proyecto de urbanización y ahora la licencia de obra del centro comercial. Una nueva resolución del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), la misma instancia que echó por tierra y sin posibilidad de recurso, la urbanización, anula, igualmente en sentencia firme, el permiso de obra concedido por el Concello a la empresa Eroski para edificar su centro comercial en A Farixa.
La sociedad, que formalmente para este proyecto se denomina Desarrollos Comerciales de Ocio e Inmobiliarios de Ourense, deberá iniciar un nuevo proceso administrativo no sólo para obtener permiso con destino a la urbanización de su parcela, sino también para que el Concello le conceda una nueva licencia de obra; si bien, recordaba ayer la concejala de Urbanismo, Aurea Soto, únicamente había presentado el proyecto básico y estaba a expensas del de ejecución, que no llegó a entregar al Concello al paralizar las obras y acciones en A Farixa por problemas de liquidez debido a la crisis económica.

El fallo del Tribunal Superior fue dado a conocer en la última junta municipal de gobierno, que también dio cuenta de la anulación definitiva del plan de urbanización.

Pero la concejala responsable de Urbanismo no cree que el Concello tenga que devolver la tasa que Eroski pagó al solicitar la licencia, algo más de un millón de euros, aunque consultará con el servicio jurídico este detalle.


ARGUMENTOS

La resolución del TSXG confirma así la primera sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Ourense, y basa su decisión en que la anulación del Plan de 2003 -el que había impulsado el exalcalde Manuel Cabezas- es un hecho determinante para hacer lo mismo con la licencia, concedida acorde con ese planeamiento. Y también rechaza los argumentos municipales de que el permiso sigue las directrices de la ordenación provisional de la Xunta: cuando se dictó el decreto, dice, 'ya era firme la sentencia que anuló el Plan de 2003 y no convalida ninguna de sus determinaciones, ya que ello sólo es posible respecto de actos anulables, no de los nulos de pleno derecho'.

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