DAÑOS CAUSADOS TRAS UNA OPERACIÓN

El Sergas, condenado a pagar 50.000 euros a una paciente ourensana

La mala praxis tras la intervención de una físula provocó a una mujer una trombosis venosa profunda.

El Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Santiago ha condenado al Sergas a pagar a una paciente operada de una fístula 50.000 euros por los daños provocados en la intervención quirúrgica realizada en el CHUO.

El fallo reconoce así la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por los daños causados -una trombosis venosa profunda- a la paciente tras el post-operatorio aplicado a una fistulectomía perianal realizada el 27 de enero de 2006, cuando la perjudicada tenía 32 años. Las secuelas causadas por una mala praxis médica -no se le suministró heparina y no se le suspendieron los anticonceptivos orales que tomaba- le provocaron daños irreversibles a causa de la trombosis, cuyas consecuencias son un fuerte dolor en su pierna izquierda por inflamación cuando permanece mucho tiempo de pie.

En tres ocasiones acudió la paciente al servicio de Urgencias del CHUO tras la operación, la primera el 12 de febrero, 15 días después de la intervención, pero no es hasta la tercera cuando los médicos comienzan a sospechar de la trombosis venosa profunda, por lo que solicitan una prueba (ecodoppler) para confirmar el diagnóstico y se opta por hospitalizarla en Medicina Interna.

El fallo judicial tiene en cuenta el informe de alta de la enferma (24 de febrero de 2006) en el que se destaca la importancia del diagnóstico precoz "para el adecuado abordaje terapéutico a la trombosis y el buen pronóstico de la misma al anticipar la instauración del tratamiento".

El juez aprecia que no hubo "la diligencia exigible" por parte de los médicos que la atendieron en el CHUO desde el error del facultativo que la operó, quien no le indicó la suspensión de los anticonceptivos ni la necesidad de caminar.

Para el magistrado, "resulta plenamente acreditada la insuficiente e incorrecta asistencia sanitaria prestada así como la falta de información".

La sentencia considera excesiva la petición de 113.445 euros de indemnización teniendo en cuenta que la incapacidad temporal se prolongó desde el 27 de enero de 2006 hasta el 23 de julio de 2007. La paciente planteaba un resarcimiento por la incapacidad resultante pero no bastó la documentación aportada. n

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