Sanidad

El Sergas pagará 164.000 euros de indemnización por diagnosticar un cáncer más de dos años y medio tarde

photo_camera Entrada del CHUO.
Sanidade reconoce una "mala praxis" que llevó a que se le informase de la malignidad "hasta más de dos años y medio después"

El Servizo Galego de Saúde (Sergas) indemnizará con un total de 164.000 euros a la mujer y a los tres hijos de un hombre de 68 años que falleció de cáncer de vejiga en febrero de 2018, después de una "mala praxis" que llevó a que se le diagnosticase "hasta más de dos años y medio después" de los primeros indicios.

Así lo explica el propio Sergas en una resolución interna en la que estima "en parte" la reclamación de la familia del paciente, tras reconocer que "queda acreditado el deficiente funcionamiento de los servicios sanitarios --en este caso, del Complexo Hospitalario Universitario de Ourense (CHUO)-- y su conexión causal con el fallecimiento".

Tal y como se expone en los antecedentes que recoge el documento, el paciente, varón de 68 años, había sido operado de un carcinoma de vejiga en mayo de 2014, momento a partir del cual siguió controles periódicos en el servicio de Urología del CHUO. En posteriores citologías, realizadas entre abril del 2015 y mayo del 2017, se tuvo constancia del positivo por malignidad, pero "nadie adoptó ninguna medida diagnóstica adicional o terapéutica".

A mediados de diciembre de 2017, el paciente "empezó a encontrarse mal", según relata la reclamación interpuesta por la familia, motivo por el cual acudió a su médico de cabecera, quien le pautó un antibiótico ante una posible infección urinaria. Al no mejorar, acudió días más tarde al servicio de Urgencias del CHUO y fue diagnosticado de cólico renal, para el que le fue recetado un protector gástrico y analgésicos.

El 1 de enero del 2018, el hombre volvió a Urgencias al presentar, además de dolor, fiebre de hasta 39 grados. Tras la exploración, fue diagnosticado "de infección urinaria complicada que no cede a pesar del tratamiento con antibiótico pautado por su médico" y fue ingresado en Urología.

El Sergas reconoce que incluso durante el ingreso del paciente en enero del 2018 este servicio constató "la posibilidad de una neoformación en la vejiga y la posibilidad de un hígado metastásico", pero solo se le remitió "a una revisión en la consulta de Urología 15 días más tarde".

Diagnóstico dos años y medio tarde

Según destaca el escrito de la reclamación interpuesta por la familia, "nadie informó" de los resultados de las pruebas practicadas "ni tampoco se decidió la realización de pruebas complementarias" para descartar una metástasis.

No fue hasta el 26 de enero de 2018 --dos años y medio después del primer positivo por malignidad-- cuando, en la consulta que tenía programada en Urología, el médico le informó del resultado de las pruebas realizadas, tras lo cual se le solicitaron las pruebas hepáticas y una valoración con el servicio de Digestivo.

Con estos resultados, el paciente ingresó en Oncología del CHUO el 23 de febrero con un "fatal diagnóstico" de la enfermedad, lo que llevó a que dos días más tarde, el 25 de febrero de 2018, falleciese "sin la posibilidad ya del tratamiento oncológico correspondiente", reconoce el Sergas.

Tras constatar el "deficiente funcionamiento" de los servicios sanitarios, la Administración estima parcialmente la reclamación y decide indemnizar con 104.000 euros a la viuda del hombre y 20.000 euros a cada uno de los tres hijos en concepto de responsabilidad civil. Sin embargo, no reconoce ninguna cuantía por daños morales a los nietos "al no acreditarse su convivencia con el fallecido".

El defensor del paciente

La encargada de presentar la correspondiente reclamación fue la letrada Emma Pallardó, de los servicios jurídicos de la asociación El Defensor del Paciente en Galicia, a la que la familia acudió.

Para la presidenta de El Defensor del Paciente, Carmen Flores, que ha emitido un comunicado sobre este caso, el retraso en el diagnóstico de este hombre "es absolutamente injustificable".

"Las revisiones de control de este paciente resultaron inútiles si el médico asistencial que solicitó la correspondiente prueba de control no revisó su resultado. Era su deber revisar el resultado e informar del mismo al paciente. Y nada puede justificar que no lo hiciera, pues el resultado, desgraciadamente, fue fatal", concluye Flores.

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