SANCIÓN

Un vecino de Cea pagará 1.440 euros de multa por no estar localizable

El acusado faltó cuatro de los 15 días que debía estar en su domicilio, según el juzgado, a disposición policial

Manuel V.J. ha sido condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 a pagar una multa de 1.440 euros, correspondientes a 12 meses de sanción con cuota de cuatro euros diarios, por un delito de quebrantamiento de condena.

El acusado había sido previamente condenado por el Juzgado de Instrucción número 1  a la pena de un mes de multa a razón de siete euros diarios, por un juicio de faltas. Posteriormente, el mismo órgano judicial declaró la insolvencia del acusado, por lo que se estableció una responsabilidad personal subsidiaria "de 15 días de localización permanente".

Esta pena debía ser cumplida  por Manuel V. los días 20 y 27 de marzo; 3, 10, 17 y 24 de abril; 1, 8, 15, 22 y 29 de mayo, y 5, 12, 19 y 26 de junio de 2016, en el domicilio que el mismo acusado facilitó en la calle San Lorenzo de San Cristovo de Cea.

A pesar de ser conocedor de tales extremos, "el acusado, con ánimo de desobedecer el contenido de la resolución judicial, se ausentó de sus domicilio los días 15 y 29 de mayo, y 5 y 26 de junio, sin alegar justificación", según subraya la sentencia.

Así lo certificaron, según se explica en la sentencia, "los agentes encargados de vigilar el cumplimiento de la pena impuesta ", que no pudieron verificar la permanencia del acusado en el domicilio" durante esos cuatro días.

A la explicación de la defensa de que el acusado no había contestado porque podía estar en las naves adyacentes al domicilio, la sentencia señala que "la obligación del penado era cumplir  la pena sin salir del domicilio, esté  no su lugar de trabajo dentro del recinto amurallado donde también está la vivienda".

En caso de impago, la juez dicta que el acusado cumplirá "un día de privación de libertad por cada dos de cuota de multa  no satisfecha. 

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