La vestimenta sobria de dos ladrones los libra de ir a prisión

Varios testigos creyeron ver a dos hombres de negro y azul en la calle donde se cometió el intento de robo

Pedro Antonio C.C. y Gerald Eligio C.V. fueron absueltos de un delito de robo con fuerza en una casa habitada porque, pese a que los colores de  la vestimenta que llevaban concordaba con el que vieron los testigos, no fue prueba suficiente para determinar la autoría.

Los hechos ocurrieron en febrero de 2019. A las 9,40 horas de la mañana,  una mujer residente en la calle Césareo González alertaba a la Policía Local de que, desde su domicilio había visto como dos individuos encapuchados estaban intentando acceder a través de una ventana a un piso de Antonio Román. La interlocutora pudo aportar una descripción de sus vestimentas: uno llevaba una cazadora negra y azul y otro iba completamente de negro . También indicó que al percatarse de la presencia de un varón que paseaba al perro, ambos abandonaron el lugar.

Cuando los agentes se desplazaron a la dirección aportada comprobaron que, efectivamente, en la parte trasera de una de las ventanas de la calle habían rayado el cristal formando un cuadro de unos 20 centímetros de diámetro. 

Además de la declaración de la víctima, la propietaria de una peluquería describió a los agentes la presencia de dos hombres que coincidían con las características aportadas por la mujer posibilitando la detención  y, el dueño de un bar cercano, llamó a la Policía Local la tarde de ese mismo día indicando que había aparecido ropa en una bolsa de basura en el baño de hombres. Los conjuntos coincidían con los descritos por las testigos.  Sin embargo, la sentencia aclara que, pese a que uno llevababa una cazadora negra y azul y el otro iba de negro, “no hay ninguna particularidad (dibujo, marca, logo) y cualquier persona podría vestir así”. Por tanto, la jueza no lo consideró indicio lo suficientemente relevantes como para desvirtuar la presunción de inocencia.

Te puede interesar