RESOLUCIÓN

Xestur, condenada a eliminar la humedad en Rafael Dieste

photo_camera Imagen de las viviendas de promoción pública del entorno de la calle Prieto Nespereira.

La jueza estima en parte las deficiencias denunciadas por los propietarios de las viviendas de promoción autonómica construidas en el casco histórico de la ciudad y fija la responsabilidad de la Xunta

Xestur Ourense deberá realizar importantes reparaciones en las viviendas protegidas de promoción autonómica de la calle Rafael Dieste (anexas a Prieto Nespereira), en el casco histórico de la ciudad, al estimar el juez parte de las pretensiones de los propietarios, que denunciaron múltiples deficiencias en la dirección de obra y en la construcción. La resolución judicial, dictada por la titular del Juzgado de Primera Instancia número 1, Pilar Domínguez Comesaña, puede ser recurrida, algo que probablemente hará la empresa pública dependiente de la Xunta, que aún está en plazo.

La denuncia, presentada por el abogado Amadino Pereira, la interpuso la comunidad de propietarios de los edificios, en total 26 pisos con plazas de garaje y trasteros que, una vez construidos y entregados por Xestur Ourense, presentaban una serie de negligencias en el proceso constructivo y omisión de instalaciones previstas en el proyecto. En el largo listado de deficiencias, los propietarios detallaron humedades y condensaciones en numerosas zonas de los inmuebles, problemas con los alicatados, guías de puertas correderas mal colocadas, abombamientos y hundimientos de la tarima, zócalos mal instalados, defectos en los cristales de la carpintería exterior, deficiente aislamiento acústico, pasillos demasiado estrechos, mala colocación de los embellecedores del suelo, ausencia de accesorios en los baños y de los programadores de calefacción y un largo etcétera de fallos que fueron admitidos en parte.

Según detalla la sentencia, hubo diversas reuniones entre la comunidad de propietarios y Xestur pero indica que, pese a las buenas palabras de la sociedad, sólo se efectuaron algunas reparaciones puntuales.

No hay prescripción

Tanto Xestur como los arquitectos redactores del proyecto (Raya de Blas, Cristóbal Crespo, Sánchez Iglesias y Enrique Antelo) y los constructores (Puentes y Calzadas) alegaron que la denuncia de los fallos ya había prescrito y que, de todas formas, las deficiencias eran fruto del mal mantenimiento por parte de los propietarios. Pero la jueza no ve prescripción en la demanda porque ésta se interrumpe por su ejercicio (el de los denunciantes) ante los tribunales y por la reclamación extrajudicial del acreedor, que también se produjo antes de acudir al Juzgado.

En la vista, recuerda la sentencia, intervinieron peritos de todas las partes, aportando informes muy divergentes. La jueza concluye que no son elementos susceptibles de responsabilidad problemas como la falta de accesorios en baños,, ausencia de rejas de seguridad en los primeros pisos o la falta de acopio de material para reparaciones. También excluye, por no estar probado o haberse comprobado su adecuación a la normativa, las grietas y malos acabados, desplomes en las paredes o pasillos de ancho insuficiente. Pero considera "adecuado" que Xestur no sólo restaure el sistema de ventilación estática previsto en el proyecto y que no se ejecutó o se hizo mal. Así, condena a la sociedad autonómica a realizar las obras necesarias para solventar ese fallo y adaptar la ventilación estática a la normativa actual "para mejorar la habitabilidad y el confort de las viviendas vendidas", así como "a incorporar a la perfilería de aluminio los aireadores".

Además, y para evitar humedades por condensación, la condena también a "reponer el aislamiento previsto", para lo que habrá que desmontar el cerramiento interior de pladur en las zonas afectadas (dormitorios y fachada principal), colocando de nuevo el cerramiento de pladur con pintado de los paños afectados".

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