La Fiscalía no ve infracción penal en la actuación de la Junta en El Algarrobico

Vista del hotel de El Agarrobico. (Foto: Archivo)
La Fiscalía Provincial de Almería ha acordado el archivo de las diligencias de investigación incoadas para dirimir si existió infracción penal en la actuación de la Junta de Andalucía con respecto a la construcción del hotel de Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico.
La Fiscalía considera que no puede 'extraerse mala fe o intencionalidad o falsedad' frente a lo sostenido por el juez que declaró nula la licencia municipal de obras, quien calificó de 'burda maniobra' la modificación que se hizo de la planimetría oficial del parque natural Cabo de Gata-Níjar.

El escrito que suscribe el fiscal López Cervilla rechaza, asimismo, que el Ayuntamiento de Carboneras actuase contra derecho al autorizar la edificación ya que la zona 'no era merecedora de especial protección ambiental sino que era compatible con el uso urbanístico' al tiempo que matiza que, si bien la concesión del permiso pudo infringir la Ley de Costas al no respetar la zona de servidumbre en 100 metros su 'apreciación resulta de difícil interpretación ya que la parcela estaba bajo un plan parcial aprobado en el periodo transitorio de aplicación de la normativa'.

En la misma línea que el escrito con el que el Ministerio Público acordó el archivo de las diligencias de investigación en junio de 2007, y del que recoge numerosos extractos para argumentar la decisión, sostiene que 'no se puede hacer ningún reproche penal' a ambas administraciones y subraya que de la sentencia contenciososo-administrativa dictada por el juez Jesús Rivera 'no se deduce ningún elemento nuevo', por lo que --ahonda-- se 'cumple con creces el plazo de prescripción previsto en el artículo 131 del Código Penal al haber transcurrido más de diez años desde la modificación de los planos 'por parte de la Junta de Andalucía.

El fiscal López Cervilla cuestiona, en esta línea, que la Consejería de Medio Ambiente actuase con 'abulia y desidia', tal y como sostenía el fallo del juez Rivera que acusaba de sustituir la planimetría del parque natural Cabo de Gata-Níjar oficialmente publicada en BOJA en 1994 por otra para 'permitir la construcción del hotel en suelo de especial protección', y por tanto, la existencia de hechos que revistan carácter de prevaricación y contra la ordenación del territorio.

A su juicio, la modificación de tres mapas realizada en 1997 sobre los difundidos un año antes obedece a la 'corrección de errores detectados en la confección inicial' que, si bien se hizo por vía de hecho, 'no el medio más idóneo para salvar anomalías' --afirma--, no es ilícito ya que el paraje de El Algarrobico era 'urbano conforme a las Normas Subsidiarias (NNSS) de Carboneras'.

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