El Consejo de Estado avala la futura ley, aunque aboga por dotar al Consejo Estatal de Medios Audiovisuales de más competencias

El Gobierno cambia la futura Ley General Audiovisual para prohibir la pornografía y la violencia gratuita en abierto

El Gobierno ha modificado el anteproyecto de Ley General Audiovisual para prohibir la emisión de pornografía y violencia gratuita en abierto, según recoge el dictamen del Consejo de Estado a la futura norma, que precisa este cambio respecto al texto presentado por el Ejecutivo en Consejo de Ministros el pasado verano.
Así, en los documentos remitidos por el Ejecutivo al Consejo de Estado, el Ministerio de Presidencia incorpora la prohibición de la emisión de la pornografía y la violencia gratuita, salvo que se garantice el acceso condicional y la posibilidad de control parental. Inicialmente, el anteproyecto preveía la posibilidad de que dichos contenidos pudieran ser emitidos en abierto de madrugada.

Además, el informe, al que ha tenido acceso Europa Press, también menciona otro cambio del Gobierno para incrementar la protección de los menores con respecto a la comunicación comercial introduciendo en el anteproyecto que éstas 'no deberán producir perjuicio moral o físico a los menores' y que se prohíbe la comunicación comercial dirigida a éstos cuando pueda explotar 'su admiración hacia terceros'.

Junto a estas modificaciones, la nueva redacción del anteproyecto incluye que 'todos los productos audiovisuales distribuidos a través de servicios de comunicación audiovisual deben disponer de una calificación por edades'. Asimismo, el Consejo Estatal de Medios Audiovisuales, que se creará con la futura ley, asume la vigilancia y contro de las calificaciones, en vez de ser las propias cadenas las que las controlen.

MAS COMPTENCIAS PARA EL CEMA

El Consejo de Estado, que en términos generales considera que el antrepoyecto 'cumple de modo razonable sus objetivos', 'valora positivamente' los cambios en lo referente a protección de menores, aunque se muestra más crítico respecto a otros temas. Así por ejemplo, reconoce que la norma 'podría ser más amplia en cuanto a la exigencia en accesibilidad' y aboga por dotar al Consejo Estatal de Medios Audiovisuales (CEMA) de más competencias.

En este sentido, el órgano consultivo señala que 'merecería la pena sopesar la posibilidad de introducir a favor del CEMA competencias adicionales de resolución de conflictos', tal y como solicitaron la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) y la empresa ONO. Concretamente, el Consejo de Estado aboga por atribuir al CEMA de la resolución en vía administrativa de conflictos.

Asimismo, el Consejo de Estado apuesta por introducir entre las funciones del CEMA la de velar por que los prestadores del servicio de comunicación bajo su jurisdicción no emitan obras cinematográficas fuera de los periodos acordados con los titulares de sus derechos.

Respecto a la publicidad, el Consejo de Estado recuerda que 'si bien la autoregulación puede ser un método complementario, en forma alguna puede sustituir a las obligaciones del poder legislativo nacional' y aboga por que el proyecto de ley regule de una forma 'menos amplia y más precisa' los contenidos que se pueden emitir en según que horarios.

También respecto a la publicidad, el Gobierno ha cambiado el redactado original del anteproyecto para identificar como publicidad los telerreportajes, las telepromociones y en general aquellas formas de plublicidad distintas de los anuncios televisivos 'susceptibles de confundir a los telespectadores sobre su naturaleza'. Además, el Ejecutivo prohibe 'toda publicidad que no transmita una imagen igualitaria, plural y no esteriotipada de mujeres y hombres'.

Por otro lado, en cuanto a la concesión de licencias, el Consejo de Estado reconoce que 'si bien parecería preferible ampliar la regulación del anteproyecto para dar más seguridad y evitar arbitrariedades', lo cierto es que la Comisión Europea no impide que sea el Gobierno quien otorgue las licencias en cada concurso.

Lo que sí ha incorporado el Gobierno en el nuevo redactado del texto es el requisito de que para renovar la licencias audiovisuales 'ningún otro operador haya solicitado, en los seis meses previos a su vencimiento, una licencia similar y que el espectro raioeléctrico necesario para ese nuevo otrogamiento no esté agotado'.

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