Condenada por colgar un anuncio de contacto sexual de la pareja de su exnovio

La Audiencia Provincial de Valladolid ha condenado a un año de cárcel a una joven, Rebeca G.L., por un delito de descubrimiento y revelación de secretos cometido cuando la encausada colgó fotografías de la pareja de su exnovio en una web de contactos sexuales.
La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, revoca así la sentencia absolutoria que había impuesto el Juzgado de lo Penal número 3 de Valladolid y estima el recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal, al que se adhirió la acusación particular.

Además de la pena de prisión, la resolución judicial impone el pago de una multa de 720 euros -doce meses a razón de dos euros al día- y el abono de una indemnización de mil euros por los daños morales que sufrió la víctima.

En el apartado de hechos probados, la sentencia establece que la acusada había mantenido una relación de noviazgo, ya concluida, con un joven que había iniciado una nueva relación sentimental con otra mujer.

La encausada, 'animada por el propósito de menoscabar la intimidad' de la nueva pareja de su exnovio, en los últimos meses del 2006 y en una fecha sin determinar, accedió a las cuentas de correo electrónico de su antigua pareja y de su exnovio y consiguió hacerse con unas fotografías personales que manipuló para borrar la imagen de otras personas que salían en las instantáneas.

Colgó las fotos de la pareja de su exnovio el 10 de marzo de 2007 en internet, en una página de contactos, una operación para la que usó el ordenador personal existente en su domicilio familiar de Valladolid, cuya línea telefónica era titularidad del padre de la acusada -el progenitor desconocía los hechos-.

Junto a las fotos, la acusada escribió el texto 'soy una chica que busca sexo ocasional, escríbeme a esta dirección', tras lo que la víctima, residente en Barcelona, recibió múltiples mensajes de contestación en los que se solicitaban favores sexuales o se aportaban fotografías de contenido sexual.

En los Fundamentos de Derecho, la resolución judicial recuerda que se da por probada la antigua relación sentimental entre la acusada y el actual esposo de la víctima, lo que pone en evidencia 'quién es la persona que puede tener un móvil para realizar una conducta de estas características, una actitud de resentimiento o de venganza hacia quien fue su antiguo novio y hacia quien actualmente ha pasado a ser la actual pareja o esposa de su antiguo novio'.

Analiza también las contraseñas de los correos electrónicos de la víctima y su actual pareja y las califica de 'fácilmente vulnerables: la fecha de nacimiento en el caso de ella y el apellido en el caso de él'.

'No se sabe cómo logró la acusada alguna de estas contraseñas, pero lo cierto es que no era muy difícil', bien pudo ser como explicó el exnovio de la acusada, cuando la procesada accedió a su cuenta de correo -la de él- en la que constaba la dirección de su actual esposa, argumenta la sentencia entre otros Fundamentos de Derecho.

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