BALONCESTO / ZONA COB

El CSD hace justicia con el COB

La admisión del recurso por parte del organismo autónomo obliga a la Liga ACB a inscribir al equipo ourensano en la máxima competición nacional 

Desde las tres de la tarde de ayer el Club Ourense Baloncesto es equipo de ACB. A esa hora el presidente Antonio Gavilanes recibía la notificación de que el Consejo Superior de Deportes (CSD) había acordado estimar la reclamación interpuesta por la entidad ourensana después de que la Liga ACB no le admitiera en la competición pese a lograr el ascenso en la cancha y cumplir posteriormente con todos los requisitos para formalizar la inscripción.

La resolución del recurso por parte del CSD no dejaba lugar a la duda. Además del fundamento, en el que se concluye que el COB cumplía a fecha 30 de junio con los requisitos para participar en la ACB, el CSD dedica buena parte de dicha resolución en declararse competente para emitir dicho dictamen. Por si fuera poco, el organismo autónomo se concede el gusto de dar un revolcón a la Liga ACB al poner en seria duda su 'juego limpio financiero' ya que entiende no mide con la misma vara las exigencias económicas a los clubes aspirantes a participar en la misma y a los que ya pertenecen a dicha competición.

Miguel Juane, abogado del COB, asegura que "la resolución no ofrece dudas, es contundente y concluye que el club cumplía los requisitos para estar en la ACB a fecha 30 junio. Mejor no han podido ir las cosas, el COB es equipo de ACB".

La fundamentación

Y añade que "la resolución está muy bien fundamentada porque más del cincuenta por ciento del escrito se basa en justificar la competencia del CSD para resolver. Sobre el fondo, explica que debía valorarse el hecho futuro del uso del Pazo Paco Paz por parte del club, algo que la ACB no había considerado. Además, le da un varapalo a la Liga pues tanto pregona el control financiero a los clubes que tratan de acceder a la misma sin embargo no se lo aplica a los que ya pertenecen a ella", señala Juane.

Respecto a este último aspecto la resolución indica que 'los estudios sobre las auditorías de los equipos de ACB que publica este CSD no muestran que la tarea de control económico-financiero que las ligas profesionales deben ejercer sobre sus integrantes esté siendo desempeñada de manera eficaz. Contrasta así el pretendido rigor extremo aplicado a los aspirantes a entrar en la asociación respecto de la manera que esas facultades se ejercen con las entidades ya integradas en el seno de la misma, que son precisamente quienes aprueban esas reglas'.

La resolución del CSD es firme y agota la vía administrativa, y teniendo en cuenta la jerarquíanormativa una asociación privada como es la Liga ACB no puede vulnerar una norma de rango superior como la emitida por el CSD. Por ello, el COB es de ACB .

Llegados hasta aquí solo cabe ir a los tribunales. Obviamente, el COB no reclamará pues la resolución le es favorable. Quien sí lo podría hacer, y lo está estudiando con su gabinete jurídico, es la ACB quien respeta pero se muestra disconforme a la resolución del CSD.

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