Cartas al director

Carta abierta al Rector de la Universidad Complutense

Señor rector: Desde hace casi una década, en la Universidad Complutense las calificaciones se publican en el Campus Virtual de cada asignatura y alumno de forma individual. Debido a ello, los estudiantes desconocen las notas obtenidas por sus compañeros de aula y, como consecuencia, finalizan sus estudios universitarios sin tener ni una sola referencia de cuál es su nivel académico con respecto a sus colegas de formación.

Sin embargo, la universidad que usted preside y gobierna posee una “Oficina del Delegado de Protección de Datos”, cuyo titular redactó en relación con esta cuestión el riguroso documento “Recomendaciones sobre la publicación de las calificaciones de los alumnos”. 

Lo fundamental de este escrito estriba en que se basa en textos legales que estipulan “la existencia de un interés legítimo de los alumnos del grupo en el conocimiento de las calificaciones de sus compañeros”, y en los que se establece que “la publicación de las calificaciones de los alumnos universitarios está legitimada en la medida en que sea necesaria para el cumplimiento de la misión de interés público conferida a las Universidades por la LOU”.

Como fuentes de este derecho se citan, entre otras normas, la Ley Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre de Universidades (LOU), el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo (Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)), y el Informe (N/Ref.: 008721/2019) de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

El informe de la AEPD precisa todavía más la relevancia de la publicación conjunta de las calificaciones al observar que: “Aun no tratándose los procedimientos de evaluación de procedimientos de concurrencia competitiva, las calificaciones obtenidas van a tener incidencia  en el otorgamiento de las matrículas de honor, limitadas a un número de estudiantes, así como también en la concesión de premios extraordinarios”.

No obstante, a pesar de las Recomendaciones del delegado de Protección de Datos y de las instrucciones del Informe de la AEPD, estas no se aplican en las facultades de la UCM, infringiéndose de este modo el mandato de las leyes, que nos obligan a todos. 

En base a estos hechos, señor rector, con el mayor respeto le solicito: Que como máximo responsable de la política académica de la Universidad Complutense, implemente las medidas necesarias para que las recomendaciones de su Delegado de Protección de Datos y las directrices del Informe de la Agencia Española de Protección de Datos, referidas a la publicación de las calificaciones de los alumnos, se acaten y apliquen en todas las facultades y demás centros de estudio pertenecientes o adscritos a la UCM. Y que dicha aplicación se inicie en el presente curso académico 2019-2020.

De esta forma no se conculcarán derechos legítimos de los estudiantes, al tiempo que se promoverá la erradicación de ciertas conductas opacas y arbitrarias, e incluso insolidarias, por parte de profesores y alumnos.

Si tiene que haber competitividad, que la haya, pero que sea en igualdad de condiciones y de oportunidades para todas las personas; con independencia de su origen cultural, religión, ideología, raza, género, edad, estatura, peso, belleza, simpatía o cualquier otra circunstancia personal, familiar o social.

Señor rector; por favor: ¡Luz, taquígrafos, y aire limpio!