Tribunales

El juez absuelve al vecino al que Jácome denunció por amenazas: "Un mero desencuentro vocal"

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photo_camera Antonio Fernández Martín, asesor del alcalde que acudió el día del juicio, junto a Jácome. (FOTO: MIGUEL ÁNGEL)

La aversión entre el alcalde y el denunciado -vecinos de edificio- ha sido un factor clave en la resolución judicial

El vecino de Jácome al que este último denunció por amenazas no cometió ningún delito. El juez de instrucción que vio el caso, Luis Doval, asegura que la "mutua aversión" que hay entre ellos "impide tomar total conciencia probatoria de que los términos empleados por el denunciado fueran dirigidos a atemorizar al denunciante", es decir, al alcalde. Este aseguraba que un vecino, L.S.R., con el quien mantiene desde hace años desencuentros, lo increpó y amenazó el 18 de marzo de 2020. Según la versión de Jácome, le dijo frases como "los virus afectan más a los hijos de puta" o "ya te cogeré  en el portal". Pero, según el magistrado, "tales amenazas no han resultado acreditadas".

Para el juez, el relato de hechos del regidor es concreto y específico, pero también resulta "categórica" la negación de las amenazas por parte del denunciado. Es la palabra de uno contra el otro, sin testigos de por medio. "No es posible para el juzgador -recoge la sentencia- otorgar plena credibilidad a ambas versiones que refieren las partes". Y reduce lo ocurrido a una discusión o "un simple desencuentro verbal" sin entidad suficiente para constituir un delito de amenazas.

Ahora bien, lo que sí queda acreditado para el juez es "la mala relación entre las partes", vecinos ambos del mismo edificio de la calle Concordia. El día del juicio, el 23 de septiembre de este año, ambos reconocieron que mantienen desavenencias por cuestiones derivadas de la gestión de la comunidad de propietarios.

En el fallo, el juez asegura que no cabe más que la absolución "al no concurrir elementos de juicio que permitan acreditar de forma concluyente y con las exigencias probatorias y de convicción que exige toda condena penal que el acusado profiriese amenazas concretas, claras con virtualidad suficiente para causar un temor cierto y real en el denunciante". Máxime porque existen dos versiones discrepantes, sin testigos director de los hechos. 

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