TRIBUNALES | OURENSE

Condenada al empeñarse en cenar en la casa de su familia

La Policía tuvo que acudir en dos ocasiones porque timbraba en el telefonillo y no quiso identificarse

El Juzgado Penal 1 ha condenado a Carmen D.F, de 48 años, a una pena de seis meses multa, con una cuota de cinco euros, por un delito de desobediencia grave. No atendió a los requerimientos de los policías para abandonar el recinto privado de un edificio en la que reside su familia porque, según decía, tenían que darle de comer.

Los hechos sucedieron el 22 de abril de este mismo año poco antes de las nueve de la noche. Una patrulla de la Policía Nacional fue requerida para que acudiera a la calle Da Pena Redonda porque la inculpada estaba molestando, timbrando de forma insistente en el telefonillo del portal y dando gritos desde la calle. La mujer en un primer momento se negó a identificarse, asegurando que no ser iría hasta que le dieran de comer. Al cabo de 40 minutos, salió fuera de la cancilla pero con una advertencia: "Vais a tener que volver ya que sin cenar no me voy a quedar (...)". Al cabo de unos instantes, los policías volvieron a ser requeridos porque la denunciada seguía molestando a sus familiares. 

La Policía Nacional optó por detenerla porque la inculpada reclinó el ofrecimiento de llevarla a un albergue municipal para poder cenar y pasar allí la noche, además de persistir en su empeño de no querer identificarse y abandonar el lugar. Según dijeron los agentes, "agotaron todas las opciones antes de proceder a su detención, pero la mujer no atendía a razones".

Según la sentencia, "Carmen se negó a identificarse pese a que portaba el DNI, siendo su negativa contumaz. También se negó a dejar de molestar a los parientes, gritando y timbrando en el telefonillo de su domicilio".

La jueza hace valer la testifical de los agentes porque "reúne las exigencias que la jurisprudencis viene reclamando para que se pueda enervar la presunción de inocencia". 

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