ÁGORA ECONÓMICA

La gestión presupuestaria y fiscal de las entidades locales de pequeño tamaño

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La gestión presupuestaria y fiscal de los municipios de pequeño tamaño en Galicia, aquellos con una población igual o inferior a los 5.000 habitantes, no está exenta de problemas y limitaciones

Como he señalado la gestión municipal en los ayuntamientos gallegos de pequeña dimensión no es una tarea sencilla, debido a las dificultades con las que se enfrentan estas entidades locales todos los días. Casi el 41% de sus ingresos no financieros proceden de transferencias procedentes de otras administraciones públicas. Esto, si bien permite gozar de unos fondos que puede resultar complicado obtener a partir de sus propios instrumentos fiscales, tiene una contrapartida que es necesario señalar, puesto que supone una fuerte dependencia económica de otros niveles de gobierno. Lo anterior puede ser un problema cuando se reduce la generosidad de estas administraciones. Además, únicamente el 38% de los ingresos no financieros se derivan de la recaudación propia de los ayuntamientos. Este porcentaje, a todas luces muy bajo, es un síntoma de la dificultad por conseguir mayores dosis de autonomía fiscal por parte de estas entidades locales. 

DSITRIBUCIÓN DEL GASTO

En materia de gasto, la distribución de las partidas municipales se centra personal (32,8%), el pago de suministros, compras de bienes y servicios (34,8%) y, en menor medida, la realización de inversiones (24,6%). Como es esperable, dada la escasa capacidad de este nivel de gobierno por transferir renta, este capítulo de gasto se queda en un exiguo 3,4%, que se destina a satisfacer ayudas a personas y familias con graves dificultades económicas. Son precisamente la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas las que gestionan las mayores dotaciones de transferencias, como pensiones, cobertura por desempleo, dependencia y atención social.

En el informe se señala que de cada tres euros de presupuesto, uno se dedica a satisfacer servicios públicos básicos, como seguridad y movilidad ciudadana, vivienda o urbanismo, que son prestaciones locales por excelencia; algo más de uno de cada diez euros se dedica a actuaciones de carácter económico, como gastos en infraestructuras básicas y de transporte o infraestructuras agrarias o de comunicaciones; y una cantidad similar se destina a funciones de gobierno o de apoyo a la gestión municipal. Las cantidades destinadas a actuaciones de protección y promoción social tienen una escasa representatividad. Como se puede comprobar los resultados son los esperados y responde al modelo básico de federalismo fiscal.

REFLEXIÓN SOBRE LOS INGRESOS

Sin embargo, en materia impositiva sí que se pueden destacar algunos resultados, que cuanto menos permiten un ejercicio de reflexión para la ciudadanía y los gestores públicos. 

En relación al Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), que grava entre otras cuestiones la titularidad de inmuebles como pisos, apartamentos o chalets, destaca que el tipo impositivo medio para las edificaciones de naturaleza urbana (0,56%) resulte inferior en 6 puntos porcentuales a la media nacional de este grupo. Para el caso de inmuebles de naturaleza rústica, el tipo aplicable en los ayuntamientos gallegos de hasta 5.000 habitantes resulta inferior en 13 puntos porcentuales a la media nacional para este grupo de población. 

Una cuestión que merece atención es que en 2015 el 62% de los ayuntamientos gallegos de hasta 5.000 habitantes, la revisión catastral del IBI era anterior al año 2000. Lo anterior nos indica la necesidad de actualizar lo antes posible el valor de los bienes, ya que la norma establece un plazo máximo de 10 años para hacer estar tarea, tanto para los bienes urbanos, rústicos, como de características especiales. 

Como señala la Red Localis, si bien el valor catastral supone la mitad del importe real de los inmuebles, la no revisión de este valor teórico presenta importantes efectos en materia de equidad. Esto es fácil de entender, puesto que unos valores actualizados ajustarán mejor la capacidad de pago del contribuyente al valor de esos inmuebles. Por otra parte, unos valores actualizados de forma periódica, permitirán reducir el efecto de lo que se conoce como “catastrazo”, es decir un aumento en muy poco tiempo de la base imponible del impuesto (y de la cuota a satisfacer) por no ajustar cuando se debiera el valor catastral.

Además, gracias a las revisiones catastrales se consiguen detectar inmuebles u otras edificaciones no declaradas, uno de los problemas más importantes de aplicación práctica del IBI, que erosiona las bases impositivas y genera problemas de inequidad en el tributo. Si el control por parte de los ayuntamientos no es tan exhaustivo como debiera, habrá contribuyentes que no cumplirán con sus obligaciones fiscales, aumentando la elusión fiscal y reduciendo los ingresos obtenidos por las entidades locales. 

Afortunadamente, buena parte de los municipios gallegos están realizando un esfuerzo especial para corregir esta deficiencia; algunos han dejado que las Diputaciones Provinciales, con mayores medios humanos y materiales, se encarguen de perseguir las potenciales bolsas de fraude. 

Finalmente, gracias a las revisiones catastrales se consigue una mejor y mayor adaptación de los cambios en los valores en las diferentes zonas municipales, siendo una cuestión muy relevante en términos recaudatorios: No hay que olvidar que la recaudación por el IBI, tras la aplicación de importantes exenciones fiscales en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), supone más de la mitad de los ingresos obtenidos por los ayuntamientos en materia de impuestos. Por lo tanto, en Galicia tenemos margen, mucho margen para corregir estos problemas de gestión del IBI.

Precisamente en el IAE los ayuntamientos tienen la posibilidad de incrementar la cantidad a ingresar vía modificación del coeficiente corrector por el tipo de calle en la que se desarrolla la actividad económica. Los ayuntamientos gallegos de hasta 5.000 habitantes utilizan, por término medio, el 1,06 y 1,22 para el mínimo y máximo, respectivamente. Se trata de unos valores ligeramente superiores a la media nacional (1,05 y 1,15), sin embargo y a pesar de ello, la potencial recaudación por este diferencial de coeficientes, dada la elevada cuantía de la exención de este tributo (un millón de euros) para las personas jurídicas y la exención completa para los empresarios y profesionales, resulta muy limitada. 

Por lo que respecta al Impuesto sobre los Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), la cuota anual que pagan los turismos en este grupo de ayuntamientos resulta muy similar a la fijada como valor mínimo por la normativa estatal. Esto significa que este tipo de ayuntamientos apenas contemplan su aumento (apenas un 9%), la mitad de lo que hace este grupo de entidades locales a nivel estatal. Por lo tanto, hay margen para aumentar la recaudación. 

Un dato realmente curioso y que desde luego invita a la reflexión, como señala la Red Localis, es la escasa aplicabilidad de un tributo voluntario como es lo que se conoce como plusvalía municipal, el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), ya que solo el 13% de los ayuntamientos gallegos de hasta 5.000 habitantes lo tenían instaurado en 2015. Este resultado contrasta con el 40% de aplicación a nivel estatal. Por otra parte, los ayuntamientos gallegos que optan por aplicar este impuesto deciden no incrementar demasiado el importe del valor del terreno que permite la normativa estatal. El resultado es que la recaudación obtenida es realmente muy escasa. Urge, por lo tanto, tomar medidas en relación a este tributo.

Por el contrario, la Red Localis observa un comportamiento “muy aplicado” en los ayuntamientos gallegos en relación al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), puesto que disponen de este tributo el 95,5% de los ayuntamientos de este tramo de población, frente al 88% a nivel nacional. El tipo impositivo medio en Galicia (2,47%) es prácticamente el mismo que para la media nacional, siendo muy inferior al 4% máximo que establece la normativa estatal. Sin embargo, dada la situación del subsector de la construcción en Galicia (y España), lo anterior resulta poco relevante para conseguir un incremento de los ingresos públicos. 

A modo de resumen, y tal y como señala la Red Localis, existe margen por mejorar la fiscalidad de los municipios gallegos de hasta 5.000 habitantes. Lo anterior mejoraría su capacidad fiscal e incrementaría su autonomía tributaria. Dos de las asignaturas pendientes a nivel municipal.

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