Elecciones en Galicia

Guía para votar por correo en las elecciones en Galicia del 12-J

La excepcionalidad de la situación sanitaria ha provocado cambios en el proceso de voto por correo para las elecciones autonómicas de 2020

¿Cómo puedo votar por correo en las elecciones en Galicia de 2020? Si tú también te haces esta pregunta de cara a los comicios autonómicos que tendrán lugar el 12 de julio, aquí te informamos de las novedades incluidas en el proceso tras la crisis sanitaria del coronavirus. Lo primero que debes saber es que la tramitación del voto por correo consta de tres fases: solicitud, recepción de la documentación y formalización del voto.

1 - ¿Cómo hacer mi solicitud de voto por correo?

Los electores que decidan votar por correo en las elecciones gallegas y vascas pueden solicitar hasta el día 2 de julio (inclusive) el Certificado de suinscripción en el Censo Electoral. La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia y puede solicitarse en cualquier oficina de Correos de España -como hasta ahora- o, como novedad, a través de internet, en la web www.correos.es

Si optas por hacer esta solicitud de forma presencial, en una oficina de Correos, has de saber que esta debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente. Al formular la solicitud, necesitarás llevar cualquiera de estos documentos originales (no una fotocopia): el DNI, el pasaporte o el carnet de conducir.

Respecto a la solicitud online -implementada para evitar el contacto social-, los interesados deben acreditar su personalidad mediante firma electrónica, aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).

2 - ¿Cómo recibiré la documentación para votar?

 

La fase de la entrega de la documentación electoral al solicitante por parte del cartero también vive cambios. Para no tener que firmar al recibir la documentación -y evitar así el contacto- el personal de Correos que acuda al domicilio comprobará la identidad del votante mediante el DNI, pasaporte o permiso de conducir y anotará el número del documento identificativo, dando fe de la recepción de los sobres y papeletas, sin que sea imprescindible que el elector firme esta entrega.

La documentación electoral comenzará a llegar a los electores a partir del próximo 22 de junio.

3 - ¿Cómo formalizo mi voto por correo?

Para formalizar tu voto, tienes dos posibilidades. Primero, puedes hacerlo directamente en el momento en que el cartero te entregue la documentación, para no tener que ir a una oficina después. El empleado de Correos mantendrá en todo momento la distancia de seguridad interpersonal con el elector, y no accederá en ningún caso al interior del domicilio particular del votante.

La segunda opción es hacer la entrega de los documentos en una oficina de Correos: el plazo para depositar tu voto en las oficinas de Correos concluye el 10 de julio, a las 14,00 horas.

En el voto rural se mantiene la fórmula conocida como "al paso", que considera a los carteros como oficinas móviles de admisión. En este caso, por tanto, el personal de Correos podrá recoger el sobre conteniendo el voto por correo tanto en el mismo instante de entrega de la documentación electoral, como en un momento posterior, siempre que se realice en horarios y puntos acostumbrados de paso.


Como resumen, aquí tienes una infografía realizada por Correos:

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