Periodismo

La juez avala a La Región sobre el expediente al interventor

OURENSE (CASA DO CONCELLO). 06/09/2019. OURENSE. Pleno ordinario del mes de septiembre. FOTO: ÓSCAR PINAL

Gonzalo Alonso
photo_camera El interventor, Gonzalo Alonso. (Foto: Óscar Pinal)
Acredita la veracidad de la noticia, que negó Alonso, y resalta que es un hecho de interés informativo

La titular del Juzgado de Instancia 3 de Ourense, María Isabel Suárez, rechazó la demanda de rectificación presentada por el interventor del Concello de Ourense, Gonzalo Alonso, contra La Región por una información publicada el 24 de julio en la que se avanzaba que el anterior gobierno municipal había solicitado a la Xunta de Galicia la apertura de un expediente disciplinario al entender que Alonso había cometido varias faltas graves en el ejercicio de su cargo.

El interventor esgrimió que los hechos eran falsos, negando el expediente –señaló que él no tenía constancia de su tramitación– y solicitó a este medio una rectificación. El  funcionario trató de acogerse a este derecho alegando "inexactitudes", "feitos falsos" y "graves afirmacións que ocasionaron  prexuízo persoal e danos á reputación".

En su sentencia, sobre la que no cabe recurso, la magistrada resalta las pruebas aportadas por La Región para articular la información y enfrentar las tesis del interventor –reducidas por la jueza a un "xuízo de valor"– y valora el  procedimiento empleado por este medio para elaborar la información, con las fuentes empleadas ("ate tres: verbal e escrita, escrito de personación no expediente e información do gabinete de prensa do organismo público correspondente")  "para contrastar a información que se lle facilita e que lles permite comprobar a información que finalmente publican". 


Rechaza la rectificación


Unos pasos antes, la magistrada ya había desmontado la posibilidad de rectificación solicitada por el interventor municipal. Entiende María Isabel Suárez que este derecho se debe realizar sobre "feitos que o demandante considere inexactos", y no sobre lo que ella se limita a considerar "unha opinión ou un xuízo de valor, que emite o solicitante –Gonzalo Alonso– sobre a base de que sendo parte en dito procedemento non teña noticia da apertura de ningún expediente". 

 La titular de Instancia 3 respalda así la postura de La Región. Este periódico, considerando la información veraz, con fuentes directas y objetivas, declinó atender a las demandas de Alonso, que se limitó a negar lo publicado, aunque el diario tenía constancia documental de la solicitud de la apertura del expediente. Pese considerar no estar obligados, como la jueza resalta al ser una sola negativa, el 1 de agosto este periódico recogió la versión de Alonso negando los hechos.

Punto que también resalta la magistrada a la hora de razonar su postura. "O que se pretende rectificar á vista do contido (...) non é outra cousa que o feito de que o publicado é inexacto, como opinión do afectado. Extremo que xa foi publicado o día 1 de agosto".  


“Noticioso e noticiable"


Ahondando un poco más en su argumentario, la magistrada resalta, además, que el contenido de la información "é un feito noticioso e noticiable –dado o tipo de información referente ó funcionamento dun organismo público como sería o de Intervención dun Concello–" e "que foi contrastado na súa emisión".

La jueza apunta que Alonso, en el momento en el que solicitó información a la Xunta sobre la apertura de expediente que él decía desconocer, llevó "implicitamente o recoñecemento da noticia publicada". 

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