La jueza acepta la petición del Estado y le declara depositario de los bienes de Meirás

La entrega del inmueble se mantiene para el 10 de diciembre

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña ha designado al Estado depositario de todos los bienes muebles y elementos accesorios que conforman el complejo del Pazo de Meirás y mantiene la fecha de entrega del inmueble para el día 10 de diciembre.

Tras el juicio celebrado el pasado miércoles para revisar la medida cautelar que prohíbe a los Franco retirar bienes del edificio mientras se realiza un inventario, la jueza, Marta Canales, ha dirimido que se permitirá la retirada de aquellos objetos "de estricto uso personal o que, por sus características, nada aporten a la significación del Pazo como Bien de Interés Cultural".

El Juzgado, que ha aceptado las alegaciones del Estado, la Xunta, los ayuntamientos de Sada y A Coruña y la Diputación Provincial, mantiene de este modo la fecha de entrega del inmueble el día 10 de diciembre a las 11.00 horas.

En relación a los guardeses, atendiendo al ofrecimiento del Estado para que se les confiera un plazo mayor para abandonar la casa que habitan, ha fijado como fecha máxima el 15 de enero de 2021.

La magistrada ha rechazado en el auto, contra el que cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de A Coruña, la oposición efectuada por la familia Franco respecto a la prohibición de retirar bienes del pazo y a su fecha de entrega al Estado.

Además, ha detallado que la parte demandada yerra "cuando dice que se le dieron veinte días para retirar todos sus bienes", ya que "sus actos fueron los de cumplir voluntariamente el fallo y, en congruencia, el auto dispone el plazo de un cumplimiento voluntario".

"La literalidad del auto es clara", ha sostenido la titular del Juzgado que ha argumentado que la decisión de prohibir retirar bienes del recinto sin informar previamente a la parte demandada responde "a una situación de urgencia patente", pues los Franco habían contratado vehículos para llevárselos.

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