TRIBUNALES

Una jueza anula el índice IRPH para un préstamo hipotecario

El fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que el pasado 3 de marzo amparó a los jueces españoles para cuestionar si las entidades financieras comercializaron el índice de interés variable y remuneratorio IRPH (fijado por algunos bancos en las hipotecas y siempre por encima del euríbor) de forma transparente ha reactivado las demandas que estaban pendientes desde hace tiempo a la espera del dictamen de Luxemburgo.

Aunque ahora, tras el fallo de Europa, los jueces se están inclinando por anular el IRPH -hay ya cuatro sentencias en Burgos, Lleida, Palma y Vigo-, la jueza de Instancia 4 de Ourense, Eva Martínez Gallego, ya lo había acordado en anteriores pronunciamientos que finalmente fueron revocados por la Audiencia al estimar que el IRPH no era abusivo. La magistrada, ahora respaldada por el fallo del TJUE, ha vuelto a pronunciarse, la primera sentencia en Ourense con los nuevos parámetros jurisprudenciales, anulando el indicador por falta de transparencia  para que el cliente entendiese el alcance de ese índice de referencia.

El fallo, que puede ser recurrido en apelación, condena a una entidad a devolver a un matrimonio de Verín 28.000 euros en concepto de intereses remuneratorios calculados sobre la base del índice de referencia IRPH, además de establecer la nulidad de otras condiciones del préstamo como la cláusula de redondeo (830,40 euros), junto a los intereses de las cantidades indebidamente cobradas hasta la fecha de la sentencia.

Este pleito hace referencia a un préstamos suscrito por un matrimonio afincado en Verín que precisó 60.101 euros , a 25 años, para rehabilitar una casa en Quinzáns. "Los consumidores no pueden verse sorprendidos por la inclusión de cláusulas que frustran las expectativas de pago creadas al contratar", valora el letrado de los demandantes, Arturo Castrillo. El abogado resalta que "la sentencia atiende al argumento, ratificado por el TJUE, de que no había razón alguna para que el cliente hubiera optado por un índice más caro que el euríbor ya en el momento de contratar".

Para Castrillo "es un paso más en la protección de los consumidores, dejando claro que es una obligación de las entidades bancarias de informar de manera suficiente sobre las consecuencias de los préstamos y equilibrar a ambas partes del contrato de préstamo".

En España, hay casi un millón de hipotecas referenciadas al IRPH. 

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