Tribunales

Seis meses de cárcel por el envío de mensajes: lo tenía prohibido

El acusado tenía prohibido comunicarse con la perjudicada por orden judicial

El Juzgado de lo Penal 1 de Ourense impuso una pena de seis meses de prisión para Fernando M.S. por un delito de quebrantamiento de medida cautelar en tanto que envió mensajes telefónicos a la denunciante pese a que lo tenía prohibido por orden judicial. 

El inculpado, que ya había sido condenado por este mismo delito el pasado mes de marzo, sabía que no se podía comunicar con la perjudicada porque el Juzgado Penal 1, con fecha 5 de febrero de 2019, le había impuesto la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros a la víctima de este procedimiento. Tampoco podía comunicar con ella durante el plazo de tres años. Esa pena era secuela de un auto del Juzgado de Instrucción 3 de la ciudad, de fecha 6 de agosto de 2018, en el que se había acordado la misma medida cautelar. 


Redes sociales


Pese a todo ello, Fernando, en abril de este mismo año, se dedicó a enviar diversos mensajes a la denunciante a través de las redes sociales -Telegram y Whatsapp- desde su número de teléfono personal. La sentencia deja probado que de esta forma incumplió la orden de alejamiento.

La sentencia que le condena a seis meses de prisión fue de conformidad tras el acuerdo entre la letrada que representaba al inculpado y la fiscal. 

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