Tribunales

Lo juzgan por asalto a una anciana en Carballiño y alega: "No lo puedo explicar, pero no estuve allí"

La fiscal pide 12 años al acusado por tres delitos de robo con violencia, detención ilegal y lesiones

"No lo puedo explicar, pero no estuve nunca allí", fue la respuesta de Iván L.C. cuando la fiscal le preguntó si alguna vez había estado en Seoane (A Granxa), donde nueve años atrás dos ladrones asaltaban, robaban y amordazaban a Dolores B.R. en su vivienda. La víctima falleció en 2013, pero ayer se personaron en la Audiencia provincial acusado, marido, hijos y vecinos para recordar lo sucedido aquel 3 de noviembre de 2011.

Era por la mañana y Dolores B.R. estaba sola. El acusado y un compañero que, según indican los vecinos, podría ser una mujer, irrumpieron entonces en la parte superior de la vivienda y, cuando la víctima subió a comprobar que ocurría, ambos asaltantes la tiraron al suelo, la amordazaron con una venda y una cinta americana, y procedieron a atarla de pies y manos con unas bridas a una barra de hierro que había en la cocina en la que se encontraban. Se llevaron, forzando la caja fuerte, objetos valorados en 1001, 95 euros.

Precisamente el ADN encontrado en la venda con la que envolvieron el rostro a la víctima, fue clave para localizar al acusado. En 2016, saltaban las alarmas y aparecía una coincidencia genética en el registro de la Policía Nacional que, según la perito, "estadísticamente demuestra que es 230.000 veces más probable que el ADN fuese del acusado que de cualquier otra persona". Tras dos años de búsqueda, en 2018 Iván era detenido.

 El ministerio fiscal lo acusa de  tres delitos: robo con violencia, detención ilegal y un delito de lesiones a la víctima. La fiscal indicaba, citando una sentencia de 2016, que "una prueba de ADN hoy en día es una prueba de cargo suficiente en lo que respecta a acreditar que esta persona estaba en el lugar de los hechos". Sin embargo, la defensa atacó la validez de esa prueba porque "no existió una cadena de custodia real" y, afirmó, que aunque vincula al acusado con la venda, no lo haría con el lugar de los hechos. Ante la falta de explicaciones lógicas de por qué el enjuiciado tocó esa venda, la fiscal afirma que "es una prueba objetiva y plena de que el acusado es el autor de los hechos junto con otras personas".

Por su parte, Iván L.C. no reconoció los hechos como tampoco lo hizo durante el procedimiento en 2018. Durante el interrogatorio de la fiscal, señaló que nunca estuvo en A Granxa, y que solo se desplazaba a O Carballiño "porque consumía drogas e iba a comprar allí". Su abogado reiteró, que efectivamente, el motivo de sus viajes era para comprar droga y "para frecuentar el club Ninfas". La defensa, que al inicio de la vista planteó la prescripción de la causa,  aboga por la libre absolución o que se considerase la atenuante de dilaciones indebidas por el tiempo transcurrido entre la detención y el asalto. Para el letrado, no es válida la prueba de ADN, argumentando que la cadena de custodia no se hizo con todas las garantías legales.

‘‘Mi mujer nunca se recuperó del  miedo tras el asalto"

El testimonio de los vecinos fue clave para complementar la declaración de la víctima. Su marido la encontró atada y amordazada, pero fueron sus vecinas las que  hicieron sonar la voz de alarma, cuando trataron se dieron cuenta de que habían cortado el teléfono de la casa. Estas afirmaron haber visto a uno de los asaltantes: "Vi unas botas verdes que entraban, llamé a Dolores y en ese momento, desaparecieron". Otra de ellas indicó que "se trata de un gran profesional, lo tenía todo planeado".

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