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El niño que fue maltratado al nacer en Ourense no podrá ver a su madre

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photo_camera Alba P.C -sentada- escucha las explicaciones de su expareja cuando fueron juzgados en enero de 2017.

La jueza de Familia avala la tutela ejercida por la Xunta y el acogimiento con los abuelos paternos

La madre del niño cuya expareja fue condenada en 2017 por la Audiencia de Ourense a casi 10 años de prisión por maltratar y lesionar al pequeño cuando contaba pocos meses de vida -el caso del niño apaleado- no podrá acercarse a su hijo, que ahora tiene seis años. Alba P.C. también fue sentenciada a seis años pero el Supremo le rebajó sustancialmente la pena, dejándola en año y medio de prisión por un delito de maltrato habitual en el ámbito familiar en la modalidad de omisión, es decir, por consentirlo. El pronunciamiento dejó sin efecto el alejamiento en su día acordado por las lesiones y asesinato en grado de tentativa, delitos por los que fue acusada y absuelta.

La jueza de Instancia 3 de A Coruña confirmó la resolución administrativa adoptada por la Consellería de Política Social en julio de 2018 para seguir con la tutela del niño y el acogimiento familiar por parte de los abuelos paternos sin autorizar contactos con la madre. Esta última recurrirá en apelación ante la Audiencia coruñesa, quien tendrá la última palabra en este asunto.

La jueza valora que el menor, en la actualidad, "está perfectamente integrado tanto a nivel escolar como familiar, en el sentido que se encuentra perfectamente atendido por los abuelos paternos". Para la ponente, concurren todos los requisitos para que la entidad pública asuma la guarda administrativa del niño "pues es evidente que los hechos tan graves por los que fueron juzgados, tanto la demandante como su pareja, implicaba que concurrían todos los factores de desprotección del menor a la fecha de la declaración impugnada" (en alusión a la tutela de la Xunta).

En el juicio, la Fiscalía de mostró favorable a iniciar contactos entre el menor y su madre pero la jueza de Instancia recuerda "que no es este el procedimiento adecuado para acordar dicha medida" ya que es competencia de la Administración autonómica.

Para reiniciar esa convivencia es necesario que la madre inicie un plan de trabajo con el que acredite una evolución positiva en el que se constate que el restablecimiento de la convivencia maternofilial no supone riesgos relevante para el menor a través de los informes del equipo técnico. El fallo supedita el derecho de la madre a estar con su hijo al interés del menor. "Las medidas que deben adoptarse son las que resulten más favorables para el desarrollo físico, intelectivo e integración social del menor", recuerda la magistrada. 


"Un maltrato de libro", según los especialistas


El examen médico del niño, cuando fue ingresado en la UCI Pediátrica del CHUO en marzo de 2014, reveló que el hijo de Alba era "un niño maltratado de libro". En su cuerpo había hematomas y lesiones muy graves en el cráneo y fracturas de diversa antigüedad en tres costillas,  cúbito, radio, tibias y un fémur. 

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