Opinión

Ley de memoria y controversia

Muchos pensábamos que la Ley de Amnistía de 1977, que con tanto ardor defendiera Marcelino Camacho, que pasara gran parte de su vida en la cárcel, había venido a cerrar un episodio doloroso de la historia de España. Cierto que la amnistía alcanzó a los perseguidos por el franquismo, pero también a sujetos del régimen que habían hecho cosas terribles y hasta etarras que habían cometido asesinatos y que volvieron a matar. Los defensores de la Ley de la Memoria Democrática argumentan que esta ley supone un importante avance para el fortalecimiento de la democracia española y la culminación del camino democrático y de reconciliación emprendido con la transición. Porque de eso se trata con esta ley, de completar la transición, porque había quedado pendiente el reconocimiento y recuperación de las víctimas del franquismo. Eso está bien y es de justicia. Pero hay que matizarlo.

Un principio general del Derecho es que donde la Ley no distingue no se puede distinguir. Y en ese sentido, cabe preguntarse el alcance de la previsión de la Ley de la Memoria Democrática, si se aplica con carácter general que tienen “la consideración de víctima con arreglo a los parámetros internacionales de Derechos Humanos y declara el carácter nulo de todas las condenas y sanciones dictadas durante la Guerra Civil y la Dictadura por los órganos de represión franquista, que asimismo se declaran ilegítimos. Todas ellas tendrán derecho a una Declaración de reconocimiento y reparación”. La cuestión radica en el alcance efectivo de esa parte de la Ley, en cuanto alcanzarán a comportamientos de personas que, en todo caso, merecerían la sanción penal en cualquier contexto. Es cuestión delicada, sin duda, pero al no establecer otro criterio que la aplicación general, uno de sus efectos es convertir en víctimas del franquismo a sujetos que, en cualquier caso, se comportaron de modo criminal en algunos casos con especial crueldad. Pero en aplicación de esa ley, sujetos como los responsables de las terribles checas del Madrid republicano, conscientes de sus actos, son ahora víctimas del franquismo como otras que realmente lo fueron, y además de la nulidad de los procesos sus deudos tendrán derecho a ser indemnizados

Ya he contado, en otras ocasiones que, por mi propia peripecia personal, tengo una especial sensibilidad e interés en el contenido y efectos de esta ley. Existen poderosas razones para que desde muy joven me documentara sobre la guerra civil y el franquismo, procurara leer todo lo escrito posible, entrevistar a sus protagonistas y a alguno de los historiadores más solvente que se ocuparon del asunto y, en suma, contrastar, todo ese caudal de información. Pero hay otras influencias como fueron a propia peripecia vivida en mi familia y mi propio procesamiento por investigar y publicar cómo eran los consejos de guerra del franquismo de los ciudadanos que, tras el alzamiento, permanecieron leales a la República. Y desde esta posición ha sentido la misma aprensión que expresó Stanley Payne sobre la Ley de la Memoria histórica y ahora sobre la Ley de la Memoria Democrática. Y sé de lo que hablo. Una cosa es la justa reparación de las víctimas del franquismo y otra incluir entre ellas a terribles personajes bien conocidos.

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