Opinión

El poder público está sometido a la Ley y al Derecho

El artículo 103. 1 de la Constitución dice, como bien sabemos, que la Administración pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho. 

Es significativo que el precepto aluda a la expresión sometimiento pleno. Se quiere significar así que en el Estado social y democrático de Derecho no puede espacios que escapen al control judicial, vengan de quien vengan tales pretensiones, del poder ejecutivo, del legislativo o del mismo poder judicial, que también debe estar controlado.

En este tiempo de baja calidad democrática en tantas latitudes, donde sobreabunda el exceso y abuso de poder junto a una orquestada y constante manipulación, la necesidad de garantizar un control independiente del poder es cada vez más importante. Por un lado,  porque la deriva totalitaria es tan evidente como cercana y, además, porque hay que reconocer que un sistema de controles meramente formal en los que el controlado participa en la designación de los órganos de control es tan inaceptable como totalitaria.

Hoy, quién lo podría decir, cuando se reclama transparencia, libertad, control, la tecnoestructura que acecha a la democracia no duda en calificar tales aspiraciones como extravagancias, expresiones de la burguesía corrupta y no sé cuántas lindezas más.  Así estamos, esperemos que no por mucho tiempo.

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